¿Qué datos conoce Hacienda? ¿Que datos NO conoce Hacienda?

¿Que datos conoce Hacienda?

  1. Los Rendimientos del Trabajo. Porque la empresa al terminar el ejercicio presenta una declaración (Modelo 190) en la que declara los DNIs de los trabajadores y los importes todos los salarios y conceptos devengados al igual que de las retenciones y de los gastos deducibles (seguridad social a cuenta del trabajador)
  2. Intereses, Dividendos y Fondos de Inversión. Porque la entidad pagadora al terminar el ejercicio presenta declaración/es donde declara los DNIs de los titulares, los rendimientos y las retenciones
  3. Alquileres
    • A empresas o a autónomos. Porque se declaran en el modelo de retenciones de alquileres, sea el importe que sea
    • A particulares. Porque el particular en la declaración de renta si es su vivienda habitual, declara la referencia catastral y que es el inquilino. Tambien porque puede tener derecho a la deducción por alquiler de vivienda.
    • Recordar que también conoce los consumos de energía eléctrica.
  4. Ingresos y Gastos superiores a 3.000 € en el ejercicio (Modelo 347). Todas las empresas y autónomos estan obligados a realizar una declaración en la que ponen los importes de operaciones acumulados en el ejercicio por cada cliente o proveedor, si el importe acumulado con IVA pasa de 3.000 €. Cuando una empresa se deduce unas facturas de un proveedor, Hacienda sabe que el proveedor tiene que declara esos ingresos
  5. Ganancias patrimoniales en Fondos de Inversión
  6. Aportaciones a Planes de Pensiones
  7. Donativos a fundaciones y entidades de interes social.
  8. Ingresos en entidades financieras de otros países de la Unión Europea

¿Qué datos NO conoce Hacienda?

  1. Ganancias patrimoniales en Acciones. Hacienda conoce el importe de la venta y de hecho vienen reflejadas en los datos fiscales. Pero no conoce el importe de la compra, y muchas veces es dificil de calcular, es posible que incluso la entidad financiera no pueda saber por cuanto compramos las acciones. No intenetes engañar a Hacienda alterando el precio de venta
  2. Ganancias patrimoniales en Inmuebles. Hacienda conoce el importe de la venta, porque tiene acceso a la base de datos de las escrituras de los Notarios. No intentes engañar a Hacienda alterando el valor de la venta.
  3. Alquileres vacacionales y de plazas de garaje
  4. Tus datos personales y familiares, de estado civil y número de hijos, salvo que tu lo comuniques en la declaración de renta
  5. Las aportaciones a sindicatos y a colegios profesionales
  6. Gastos con proveedores que no lleguen a 3.000 € al año y que no se declaren en otros modelos.Nota: que Hacienda no conozca estos datos no quiere decir que ante una inspección no los pueda conseguir: por movimientos bancarios, recibos…

¿Qué ocurre cuando los datos declarados en la Renta no coinciden con los declarados por terceros?

  • Que Hacienda paraliza la devolución, y pide explicaciones al contribuyente, y con esta información pide explicaciones al pagador. Y luego decide quién tiene razón si el contribuyente o el pagador.
  • Sin embargo, aunque los datos declarados sean incorrectos, si coincide lo que declara el pagador con lo que declara el contribuyente, a Hacienda, a priori, todo le parecerá correcto.

 

Esta entrada fue publicada en IRPF. Guarda el enlace permanente.

41 respuestas a ¿Qué datos conoce Hacienda? ¿Que datos NO conoce Hacienda?

  1. Cecilia dijo:

    buenos días,

    Tengo un problema con hacienda que nadie me aclara ni hacienda ni la s. social
    Cuando me mandan el borrador de la declaración nunca aparece los pagos de la seguridad social, es decir como si mi empresa no los pagara, cosa que no es cierto todo esta correcto por que lo he comprobado en la S. Social.
    Ya no se que hacer, pero esto me supone declaración paralela de hacienda y muchos trastornos.
    Un saludo y gracias.

    Cecilia

    • Se debe a que tu empresa ha rellenado incorrectamente el modelo 190 (resumen de salarios y retenciones), que es de donde saca hacienda los datos de salarios y gastos para tu borrador. Lo más posible es que a la empresa se le haya olvidado rellenar la casilla correspondiente a la seguridad social.

      No te preocupes. Declara los gastos deducibles de tu seguridad social en tu declaración de renta. Y si la hubieras presentado sin deducirlos, puedes hacer un escrito pidiendo que los incluyan aportando los justificantes de los que te han retenido de seguridad social.

  2. Mª Luisa dijo:

    Hola, me he casado en diciembre de 2015. ¿pasa algo si no lo pongo en la declaración y lo dejo tal como estaba hasta ahora, es decir, soltera?
    Muchas gracias

    • Jaime Molina Lizana dijo:

      Lo aconsejable es que se comunique, ya sea mediante el modelo 030, o directamente en la declaración. Además, aunque no lo comuniques, si estás trabajando por cuenta ajena, en el modelo 145 tendrás que comunicar tu cambio de estado civil a efectos de retenciones. Además, es más beneficioso declarar como casado/a, pues puedes optar a la reducción de 3.400 euros de base imponible en tributación conjunta en caso de que tu cónyuge gane menos de esa cantidad.

  3. Maria Gutierrez dijo:

    Muchísimas gracias por su respuesta.

  4. MARIA GUTIERREZ dijo:

    Hola, tengo una duda, si me pudiera ayudar se los agradecería muchísimo. Tengo una cuenta en un banco extranjero, abierta desde un broker español, pero la cuenta no tiene isin es, no excede de 50000 euros. ¿pueden las ganancias o perdidas patrimoniales aparecer en mis datos fiscales del borrador de la renta? o tengo que estar pendiente para aportarlos yo? Muchas gracias

    • Las entidades registradas en España facilitan a Hacienda datos del importe de las ventas. Pero no comunican la ganancia a declarar en IRPF, ya que por aplicación del metodo FIFO, ellos no conocen el valor fiscal de adquisicón.

      Las restantes entidades no facilitan ningún dato directamente a Hacienda. Los datos que Hacienda obtiene por otras vías, como intercambios de información con otros países NUNCA aparecen en los datos fiscales.

      Pregunta al broker si la cuenta está declarada en España.

  5. xena dijo:

    Gracias por su post, lo veo muy útil.

    La cuestión es que mi padre quiere darme sin más (estoy en paro), 20000 euros para pagar los gastos que ha ocasionado su misma donación (una vivienda hacia mi, eso todo legal.)

    No quiere declararlos a hacienda como una nueva donación.

    He pesnado decir a mi padre que saque de 2400 en 2400 eur ese dinero , una vez a la semana, y me lo dé, lo meto al banco y de ahí a la gestoria que nos lleva los gastos, pongo una transferencia…. supongo que canta mucho ante hacienda?

    Muchas gracias.

  6. Marce dijo:

    He realizado una venta junto a mi madre y mi hermano de unas fincas rústicas. Escrituramos la venta en Diciembre en una Notaría. En el Catastro las fincas figuran a nombre exclusivo de mi madre al 100%. Ella ha realizado la declaración de Renta y Patrimonio incluyendo la parte correspondiente de esta venta. Mi hermano no parece muy dispuesto a declarar la venta porque la cantidad es poca. ¿Es muy probable que a través de la Notaría y la escritura descubran que nosotros también figuramos como vendedores? ¿Corremos un gran riesgo si no declaramos?

  7. Sake dijo:

    Cuando vaya a hacer la declaración, ¿conoce realmente si tengo alquilada una plaza de garaje? Ya que me lo han ido ingresando en la cuenta y pone Plaza garaje julio agosto y el ingreso de esos meses… Gracias un saludo.

    • Hacienda, no recibe directamente los movimientos de las cuentas bancarias. Aunque en procedimientos penales o de inspección podría solicitarlos.

      No tiene esta información

      Pero si te pillan tendrá doble efecto, no haber declarado los ingresos en IRPF y no haber hecho las declaraciones de IVA, ya que el alquiler de garajes está sujeto a IVA.

  8. Xavi Benavente dijo:

    Hacienda conoce que trabajo ejercemos en la empresa? Conoce la empresa en la que trabajamos, pero sabe exactamente que puesto tenemos: comercial de ventas, analista de laboratorio, operario de fábrica…? Gracias muy amable.

  9. Beatriz dijo:

    Me case el a;o pasado pero me han dicho que me sale mejor la declaracion soltera que casad. esto es asi_ porque
    Me lo han dicho como caracteristica general que siempre sale mas favorable soltera que casada con declaraciones independientes y la verdad no entiendo los motivos. Si miento a Hacienda tendre problemas
    Gracias

    • Te han informado mal.
      La individual como soltera, sale IGUAL que la individual como casada; suponiendo que los datos de ingresos son iguales.

      • PILAR dijo:

        HOLA ME PUEDES AYUDAR YO REGISTRE E EL CONSULADO DE LIMA MI MATRIMONIO EN EL 2010 PERO NUNCA DECLARE QUE ERA CASAD HASTA ESTE AÑO Y AHORA AGENCIA TRIBUTARIA ME ENVÍA UNA CARTA QUE ACTUALIZA MI SITUACIÓN DE ESTADO CIVIL POR QUE SOMOS FAMILIA NUMEROSA PUEDO TENER ALGÚN PROBLEMA GRACIAS

        • No.
          Si en las declaraciones de renta de años anteriores has aplicado la reducción unidad familiar monoparental, te podrán quitar esta reducción, en caso contrario no tiene mayor problema.

  10. luz mari dijo:

    mi caso es el siguiente: me he divorciado desde octubre y para la declaracion de renta me es favorable si aparece como casado no lo he notificado porque me saldria a devolver muy poco pero mi ex pareja esta de acuerdo a dejar el borrador como el del año pasado donde me sale a devolver
    mi pregunta es la siguiente:
    si mi ex no declara, ni cotiza la segurida social ni trabaja,es posible que laagencia tributaria se de cuenta de que estoy divorciado .
    muchas gracias

    • La situación que se tiene en cuenta es tu estado civil a 31 de diciembre.

      Pero hacienda no accede a la base de datos de registro civil. Por lo que si no le comunicáis esto no lo conocerá.

  11. Pedro dijo:

    Qué pasa si he emitido una factura con la correspondiente deducción de IRPF, y se la he emitido a un particular?
    Esta persona me ha pagado sin más, pero me he dado cuenta que no aplicaba poner la deducción por IRPF por ser particular. Gracias de antemano.

    • El particular ni tiene obligación ni puede ingresar la retención. Así que o se lo reclamas al particular o lo das por perdido.
      Pero a efectos fiscales tuyos esa retención es como si no existiera.

      A la inversa, si a una empresa facturas sin retención y te pagan. La empresa está obligada a ingresar la retención aunque no figure en factura. Y tu tienes derecho a deducir la retención.

      • Pedro dijo:

        Gracias por su rapidísima respuesta.
        Entonces, ¿entiendo que el error es mío por haber emitido una factura incorrecta?

        Resumiendo, para ponerlo en números:
        - la factura era de 3.600€ +IVA.
        - Yo he cobrado 2.844€ (más el IVA)
        - Por tanto tendría que llevar a pérdida esos 756€
        - además, ingresar en Hacienda esos 756€ que nunca se ingresaron?

        • Dado el error, si con el cliente habias acordado que te pagara 3.600, y es lo que te ha pagado.
          Entonces la factura es errónea, debería ser:
          La base será 2.975,21 €
          mas el 21% 624.79 €
          total 3.600.00 €

          Y no hay nada que ingresar por retenciones.

          • Pedro dijo:

            Gracias, entendido!
            Esto me ocurrió el año pasado y trimestre pasado (en noviembre), aunque me acabo de dar cuenta.

            Se puede arreglar esto de modo retrospectivo, o debería recibir algún tipo de notificación de Hacienda?

          • No. No recibirás ninguna notificación de hacienda. Estas notificaciones porque no le cuadran los datos se deben a que tus clientes y proveedores, cuando actúan como empresa (no particulares) declaran las operaciones a hacienda.

            En tu caso al ser un particular, no hay posibilidad de cruzar este dato.

          • Pedro dijo:

            Y para que esto no ocurra otra vez… ¿de quién era la responsabilidad? En otras palabras, era responsabilidad del cliente haberme avisado de que le estaba emitiendo una factura incorrecta pues le estaba deduciendo el IRPF? o ha sido mía por no haberlo verificado?

          • Si facturas a una empresa es responsabilidad del cliente quitar de lo que te tiene que pagar la retención e ingresarla.

            Si facturas un particular es responsabilidad tuya, porque el cliente no tiene obligación de nada, salvo de pagarte.

  12. Laia Santamaria dijo:

    Hacienda conoce datos de rendimientos del trabajo percibidos en el extrangero? Asi como intereses percibidos de entidades pagadoras en el extrangero?

    • Hacienda no tiene información directa.
      Pero en la actualidad lo que están intercambiando automáticamente es fundamentalmente información bancaria. Los salarios aunque pueden pedir información, es más difícil que los conozcan.

Responder a Marce Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *

Puedes usar las siguientes etiquetas y atributos HTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>