Fianzas de Contratos de Arrendamiento en Andalucía

Esta obligación se regula en la Ley del Parlamento Andaluz 8/1997, de 23 de diciembre, la que se aprueban en materia tributaria, presupuestaria, de empresas la Junta de Andalucía y otras entidades, de recaudación, de contratación, de Función Pública y de fianzas de arrendamientos y suministros, en base a la habilitación contenida en la D.A 3ª de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos.

  • Se debe depositar la fianza de contratos para uso de vivienda
  • Y también debe hacerse en el caso de contratos para uso distinto de vivienda

Están obligados a constituir el depósito correspondiente (Artículo 82 Ley 8/1997 del Parlamento Andaluz):

    1. Los arrendadores de fincas urbanas que se destinen a vivienda o a usos distintos del de vivienda.
    2. Las entidades suministradoras de los servicios de agua, gas y electricidad.

Sanciones por no efectuar el depósito de la fianza

Artículo 88 de la Ley 8/1997 del Parlamento Andaluz. Sanciones.

  1. Las infracciones tipificadas en el artículo 87 se sancionarán de acuerdo con lo establecido en este artículo.
  2. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de 5.000 pesetas hasta 300.000 pesetas.
  3. Las infracciones graves serán sancionadas:
    1. El incumplimiento de la obligación de depósito de la fianza, con multa de 10.000 pesetas hasta 600.000 pesetas. En ningún caso la multa a imponer podrá ser superior al 50 por 100 del importe de la fianza.

El plazo para efectuar el depósito es de un mes. Y el plazo para la devolución es de un mes desde la solicitud

Artículo 86. Procedimiento de exacción.
Cuando el depósito de la fianza se efectúe fuera del plazo establecido pero antes del inicio de la actuación inspectora, se exigirá un recargo del 10 por ciento con exclusión del interés legal y de las sanciones que fueran exigibles, sin que en ningún caso el importe de dicho recargo pueda alcanzar el de las sanciones previstas en el artículo 88.

Modelo e instrucciones para el depósito de la fianza. 
Modelo 806 de la Junta de Andalucía.:

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