Para la determinación del rendimiento neto, se deducirán de los rendimientos íntegros exclusivamente los gastos de administración y depósito de valores negociables. .
A estos efectos, se considerarán como gastos de administración y depósito aquellos importes que repercutan las empresas de servicios de inversión, entidades de crédito u otras entidades financieras que, de acuerdo con la Ley del Mercado de Valores, tengan por finalidad retribuir la prestación derivada de la realización por cuenta de sus titulares del servicio de depósito de valores representados en forma de títulos o de la administración de valores representados en anotaciones en cuenta. .
Sólo se podrán deducir los gastos de administración y depósito que correspondan a valores negociables..
No serán deducibles las cuantías que supongan la contraprestación de una gestión discrecional e individualizada de carteras de inversión, en donde se produzca una disposición de las Inversiónes efectuadas por cuenta de los titulares con arreglo a los mandatos conferidos por estos..
Los servicios de administración y depósito se caracterizan como una “administración estática y conservativa del patrimonio…, cuyo objeto sería el mantenimiento del patrimonio, realizando para ello las funciones previstas en los artículos 303 a 310, ambos inclusive, del Código de Comercio, relativos a los contratos de depósito mercantil.
En relación con dichas funciones, el artículo 308 del Código de Comercio dispone que aquellos depositarios de títulos, valores, efectos o documentos que devenguen intereses quedan obligados a realizar el cobro de éstos en las épocas de sus vencimientos, así como también a practicar cuantos actos sean necesarios para que los efectos depositados conserven el valor y los derechos que les correspondan con arreglo a las disposiciones legales.
A la vista de lo anterior ha de considerarse que el cobro de cupones y dividendos de valores negociables, realizado por una entidad de crédito, por cuenta de sus titulares, en virtud del servicio de administración de valores representados en anotaciones en cuenta o depósito de valores representados en forma de títulos, prestado por dicha entidad, constituye una función inherente al mencionado servicio de administración y depósito de valores negociables..
Por lo anteriormente expuesto, podrán ser deducidas estas comisiones de los rendimientos íntegros para determinar el rendimiento neto del capital mobiliario. .
Doctrina DGT 2391-03;0538-98