Reducción por obtención de rendimientos del trabajo.
En general se reducira en la cuantia de 2.652 € anuales. Para todos aquellos que los rendimientos del trabajo superen los 13.260 € o con rentas excluidas las exentas superiores a los 6.500 €
- Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 9.180 euros: 4.080 euros anuales.
- Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 9.180,01 y 13.260 euros: 4.080 euros menos el resultado de multiplicar por 0,35 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 9.180 euros anuales.
- Esta reducción tambien se aplica en Actividades Económicas, en estimacion directa, si todos los ingresos se perciben de un único pagador, más del 70% está sujeto a retención y el porcentaje de gastos no supera el 30%
Se incrementará en un otros 2.652 €, en los siguientes supuestos:.
- Trabajadores activos mayores de 65 años.
- Contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, que diste más de 50 Km. Este incremento se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.
Adicionalmente, las personas con discapacidad que obtengan rendimientos del trabajo como trabajadores activos podrán minorar el rendimiento neto del trabajo en 3.264 euros anuales. O 7.242 euros anuales si tienen un grado de minusvalía igual o superior al 65 %.
Como consecuencia de la aplicación de las reducciones, el saldo resultante no podrá ser negativo.