Sucesiones y Donaciones Andalucía. Novedades 2017 – 2018

Se han producido algunas modificaciones beneficiosas en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Andalucía.

En 2017 entró en vigor un aumento del importe que puede recibir un heredero sin tener que pagar nada, pasó del anterior importe de 175.000€ a los actuales 250.000€. Esto afecta a las herencias de fallecimientos producidos desde el 1 de enero de 2017.

Quién puede beneficiarse: Los herederos que pueden beneficiarse de esta reducción de la base imponible, que hace que la cuota a pagar sea 0,00 € son los hijos o nietos del fallecido (ya sean naturales o adoptados), los padres o abuelos (naturales o adoptantes del fallecido) o el cónyuge del fallecido. Y que además el patrimonio previo a heredar del heredero no exceda de 402.678,11 €

Quien no puede beneficiarse. Los hermanos, tios, sobrinos, primos, ni “queridas o queridos”, del fallecido. Tampoco aquellos cuyo patrimonio antes de heredar sea superior a 402,678,11€.

En la normativa hasta 2016 había un problema que se conoce como “error de salto“, cuando la cantidad a heredar era de 174.999,99€ no había que pagar nada, pero cuando la cantidad a heredar aumentaba a 150.000,01€ el importe a pagar por esto céntimo de euro de aumento en la base pasaba de 0€ de cuota a pagar a unos 24.000€ de cuota a pagar.

Con la reforma de 2017, se añade una nueva reducción para aquellos herederos que hereden mas de 250.000€ (ya no se aplicaría la reducción mencionada anteriormente) pero que lo que hereden sea inferior a 350.000€, esta nueva reducción permite aumentar las deducciones del importe de la herencia automáticamente hasta alcanzar los 200.000€. Por lo que en estos casos el importe de la herencia sujeto a pagar Impuesto de sucesiones y donaciones será lo heredado menos 200.000€. Esto es una reducción de 200.000 € de la base.

En 2018, el importe de la reducción a aplicar en 2017 de 250.000€ aumenta a 1.000.000€. Y la reducción para compensar el error de salto de herencias ligeramente superiores a 1.000.000€ todavía se desconoce si se aplicará o no o si en caso de aplicarse afectará a herencias de hasta 1.100.000 o 1.200.000€. Esto está pendiente de publicación en la Ley  de Presupuestos de Andalucía para 2018. Pero ya hay un acuerdo de gobierno para aplicar esta reducción de 1.000.000 €. Y los beneficiarios de la reducción seguirían siendo como se ha comentado antes, los ascendientes descendientes y cónyuges con patrimonio previo inferior a 402.678,11€.

DONACIONES. También esta previsto que la reducción autonómica del 99% de las cantidades donadas a parientes para la constitución o ampliación de una empresa individual o negocio profesional con domicilio en Andalucía en 2018 aumente hasta el millón de euros.

 

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