Para que la gente conozca mejor y no confunda los plazos de domiciliación de los principales impuestos con los plazos límite para presentarlos, dejo aquí detallada una lista de los modelos más comunes y conocidos y sus plazos para domiciliarlos en 2017:
- Modelo 100. Impuesto sobre la Renta, o IRPF: hasta 26 de junio
- Modelo 714. Impuesto sobre el Patrimonio: hasta 26 de junio.
- Modelo 111. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta: del 1 al 15 de abril, julio, octubre y enero.
- Modelo 115. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos: del 1 al 15 de abril, julio, octubre y enero.
- Modelo 123. Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes). Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas: del 1 al 15 de abril, julio, octubre y enero
- Modelos 111, 115, 123 (obligación mensual): 1 a 15 de cada mes.
- Modelo 130. IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Pago fraccionado: 1 a 15 de abril, julio y octubre y 1 a 25 de enero.
- Modelo 131. IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva (Módulos). Pago fraccionado: 1 a 15 de abril, julio y octubre y 1 a 25 de enero.
- Modelo 303. IVA. Autoliquidación: 1 a 15 de abril, julio y octubre y 1 a 25 de enero.
- Modelos 200. IS. Impuesto sobre Sociedades: 1 a 20 de julio (períodos impositivos que coincidan con el año natural).
- Modelo 202. IS. Impuesto sobre Sociedades. Pago fraccionado: 1 a 15 de abril, octubre y diciembre.
- Modelo 210. IRNR. Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente: 1 a 15 de abril, julio, octubre y enero (excepto ganancias derivadas de transmisiones de inmuebles).Para rentas imputadas de inmuebles urbanos, de 1 de enero a 23 de diciembre.
- Modelo 303. IVA. Autoliquidación (obligación mensual): 1 a 15 de cada mes, y en enero hasta el 25.