Modelo S1. Instrucciones y presentación

Según la normativa española, antes de realizar movimientos de efectivo es obligatorio comunicarlo a la autoridades. Y su incumplimiento implica sanciones y que el dinero quede intervenido.

Es obligatorio comunicar los movimientos de fondos:

  • Si se van a transportar o llevar más de 10.000 en efectivo, cruzando cualquier frontera española, incluyendo los aeropuertos.
  • Si se van a transportar o llevar más de 100.000 en efectivo dentro de territorio nacional sin cruzar fronteras (ejemplo: recaudación del negocio, del negocio al banco)

La comunicación del movimiento de efectivo se hace mediante una declaración previa que se debe sellar en aduanas o por internet en la página web de Hacienda.

Para más información sobre instrucciones y forma de presentación:

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Segmentos_/Ciudadanos/No_Residentes__viajeros_y_trabajadores_desplazados/Declaracion_de_movimientos_de_Medios_de_Pago_S_1/Instrucciones_de_cumplimentacion_y_tramitacion_del_Modelo_S_1/Instrucciones_de_cumplimentacion_y_tramitacion_del_Modelo_S_1.shtml

Para la presentación por internet del modelo:

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/DD01.shtml

también se puede acceder desde la pagina de la Agencia Tributaria, debajo del apartado impuestos, aparece ADUANAS, y a continuación en “otros procedimientos aduaneros”, la presentación es posible hacerla SIN certificado digital.

SANCIONES

El incumplimiento de la obligación de declaración previa de los movimientos de pago constituye una infracción grave, por la que se impondrá sanción, (artículo 57.3 de la Ley 10/2010) , consistente en:

Multa, entre 600 € y el doble del valor de los medios de pago intervenidos.

La sanción se graduará atendiendo a:
- La cuantía del movimiento.
- La falta de acreditación del origen lícito del dinero.
- La incoherencia entre la actividad del portador y la cuantía del movimiento.
- La intención de ocultar el dinero.
- La reincidencia.

 

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69 respuestas a Modelo S1. Instrucciones y presentación

  1. Laura S. dijo:

    Hola, me van hacer una transferencia de 100mil€ desde Bélgica por una indemnización por daños y perjuicios. Debo presentar el modelo S1? Muchas gracias

    • El S1, es para movimientos de billetes o efectos líquidos, como cheques de viaje o oro monetario, llevados por ti personalmente durante un viaje.
      Pero si es una transferencia bancaria, el S1 no aplica en este caso.

  2. Tere dijo:

    Hola. Soy británica pero soy residente en España, y he traido dinero de mi cuenta bancaria para pagar la entrada de un piso. No sabía que existía esta obligación cuando hice la tranferencia. Ahora qué hago? Es posible presentar el modelo fuera de plazo?

  3. Wilmer dijo:

    Hola buen día una pregunta voy a recibir un único pago de Google adsense que es de 15 mil euros a mi cuenta de banco mi pregunta es hay que declarar el modelo S-1 no tengo ni idea soy extranjero

    • NO. Google te pagará por transferencia bancaria. No hay que presentar S1, si los fondos se mueven por transferencia bancaria.

      Pero recuerda que si este pago corresponde a ingresos o royalties…, tendrás que incluir lo que corresponda en tu declaración de IRPF

  4. Luis dijo:

    Hola Javier,

    Gracias por el post, muy interesante. Mi duda es sobre el movimiento por transferencia bancaria, actualmente vivo en Alemania y volveré a España en unos meses. Me gustaría transferir mi ahorro aquí (procedente de rendimientos de mi trabajo en Alemania) a un banco español. En este caso, ¿debo tambien presentar el S-1?

    Gracias por si timpo,
    Un saludo

    • El S1 es para movimiento físico de dinero en efectivo en billetes en euros
      Las transferencias bancarias no se declaran en el S1.

      • Adrian dijo:

        Buenos días,
        Pero aunque sean transferencias bancarias hay que hacer algún tipo de daclaraciones? En nuestro caso hemos recibido ayuda de familarias que viven en Francia para poder omprarnos una vivienda: no llegabamos para pagar aporte al banco y los gastos derivados (ITP y AJD) y nos han hecho varias transferencias. ¿Tengo que declarar esa cantidad? Y si es el caso, como se hace?

        Muchas gracias
        Un saludo

  5. Carlos dijo:

    Hola,

    Traere los ahorros de Ecuador en enero en efectivo, so unos 40000 dolares, rellenaremos el s1 en el aeropuerto, mi pregunta es, hay que pagar algún impuesto por ese dinero o es solo notificar su procedencia?

    • Solo hay que rellanar el S1 antes de pasar el carril rojo que hay en el aeropuerto despues de recoger las maletas.
      La Guardia Civil, ademas del S1 te pedirá que demuestres que este dinero tiene una procedencia legal.

  6. Alex_R dijo:

    Hola Javier,

    quiero retirar todo el dinero de mi cuenta en Unicaja para ingresar el dinero en efectivo en otro banco español. (Es para evitar la comisión de 200€ por parte de Unicaja por transferencia.)

    En este caso al ser el importe por debajo de 100.000€ no necesito rellenar el modelo S1 y me vale el justificante por parte de Unicaja?

    Gracias y saludos,

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