Hay bastante gente que, pasados varios meses desde la presentación del IRPF, empiezan a impacientarse e inquietarse por la incertidumbre de no saber cuándo se lo van a ingresar, o si siquiera lo van a hacer. El retraso suele ocurrirle, especialmente, a contribuyentes que obtienen rendimientos como autónomos o que han declarado varios ingresos o gastos considerables, o situaciones personales que dan derecho a beneficios fiscales, y de los cuales no tiene constancia Hacienda por otras fuentes de información. Esa tardanza puede deberse a varios motivos.
Hacienda dispone de seis meses desde el fin del plazo de presentación del IRPF para proceder a efectuar la devolución. Pero eso no significa que Hacienda no pueda tardar más. Si realiza la devolución pasada esa fecha, deberá abonar de oficio los intereses de demora hasta el día en que se realice la transferencia. Para 2017, el interés de demora es un 3,75%. También puede ocurrir que Hacienda nos envíe una notificación, lo cual interrumpirá el cómputo.
Con el certificado digital de persona física, podemos entrar en nuestra sede electrónica de la AEAT > Mis Expedientes > En tramitación. Aquí podremos ver el estado en que se halla el trámite de la devolución. También podemos acceder con nuestro DNI y el número de referencia que nos enviaron en su momento al móvil para entrar a la declaración. Podemos encontrarnos con cualquiera de los mensajes siguientes:
1. Su declaración se está tramitando. Esto suele significar que Hacienda todavía ni siquiera se ha puesto a revisarla.
2. La declaración con el importe indicado no ha sido grabada o está en proceso. Compruebe el importe. Esto puede significar que haya que solicitar una rectificación por existir algún error.
3. Su declaración está siendo comprobada. Es decir, Hacienda se ha puesto a revisar la declaración y a comprobar que todo está correcto antes de proceder a emitir la devolución.
4. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Esto quiere decir que ya han aprobado la devolución, y ya solo falta que la Oficina Contable de la AEAT nos realice la transferencia.
5. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Su devolución ha sido emitida el día XX-XX-XXXX, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN XXXXXXXXXX. Con este mensaje, Hacienda nos está diciendo que ya se ha desentendido de nuestra devolución, y solo debemos esperar a que el dinero pase de la cuenta del Tesoro Público a nuestra cuenta bancaria. Aunque esto no significa en absoluto que Hacienda no pueda volver a examinar nuestra declaración en el futuro en caso de recibir nueva información que contradiga lo plasmado en nuestro IRPF.