Véase el actual procedimiento de devolución electrónica: DIVA
1.- La Ley establece dos sistemas posibles de reembolso:
- El propio viajero remite la factura emitida por el comercio y diligenciada por la aduana al establecimiento donde efectuó la compra, quien posteriormente, devolverá la cuota repercutida en el plazo de los quince días siguientes mediante cheque o transferencia bancaria. Por este sistema se recupera todo el IVA pagado.
- El reembolso a través de entidades colaboradoras, autorizadas por la AEAT, en las condiciones establecidas y a cambio de una comisión fijada reglamentariamente según la tabla que aparece más abajo (esta tabla se aplica a las compras realizadas en España).
- La diferencia entre el IVA pagado y el que resulta a devolver es la comisión de la entidad colaboradora.
- En el caso de compras en otros países de la UE, la entidad colaboradora aplicará las tablas correspondientes al país donde se emitió la factura de compra.
En el resto de países de la Unión Europa el sistema es similar, variando los importes de devolución al ser diferentes los porcentajes de IVA aplicables.
1) Si el turista opta por la devolución a través del comercio donde realizó la compra:
- Debe sellar la factura de compra en la aduana al salir de la Unión Europea
- remitir la factura original diligenciada por la aduana a la tienda
- La tienda en el plazo de 15 días debe devolver el IVA de la factura al turista, mediante transferencia bancaria a una cuenta a nombre del turista o mediante un cheque a nombre del turista. La tienda elige cual de los dos sistemas usar.
- La tienda recupera el IVA devuelto al turista mediante la correspondiente declaración de IVA:
- en general en la siguiente declaración de IVA, se deduce el IVA devuelto al turista en el modelo 303:
- Se reduce la base del IVA devengado, en el importe de la factura diligenciada en Aduanas por el turista.
- Se reduce la cuota del IVA devengado, en el importe de la cuota de IVA de la factura diligenciada en aduana por el turista.
- Se declara la base de IVA, de la factura diligenciada en la casilla 43.
- De esta forma el comercio, recupera el IVA devuelto al turista, con un menor ingreso en la declaración trimestral de IVA.
- Si la tienda está en recargo de equivalencia solicitará la devolución del IVA reembolsado al turista mediante el modelo 308. Casillas [08] a [16]: se harán constar las bases imponibles a efectos del IVA de las entregas de bienes exentas del impuesto por aplicación del artículo 21.2 de su Ley del IVA, respecto de las cuales se haya procedido al reembolso de las cuotas en el período, el tipo impositivo aplicable y las cuotas resultantes.
- en general en la siguiente declaración de IVA, se deduce el IVA devuelto al turista en el modelo 303:
2a) Si el turista, opta por la entidad colaboradora:
Si compramos en una tienda un bien que cuesta 100€, que lleva incluido el IVA al 21%. El importe del IVA lo podemos calcular así:
- 100 dividido entre (1,21) = 82,64 €. Esto es la base
- Y el IVA será 82,64 x 21% =17,36 €. Podemos verificar que lo hemos hecho bien porque ambas cantidades suman 100 €.
- El IVA, en nuestro ejemplo, es del 21%, y se calcula sobre la base. En los comercios los precios aparecen con el IVA incluido, y también podemos decir que el IVA del 21%, representa el 17,36% del precio de venta al público (que lleva incluido el IVA).
- El importe máximo de IVA a devolver es del 15,70% que es equivalente a recuperar 18,62 puntos de IVA del 21% pagado.
Es este 17,36% del precio de venta, la cantidad que querríamos que nos devolvieran. Pero hay que descontar unos gastos por el servicio. Esta comisión autorizada, es la diferencia entre el IVA repercutido en la factura y el IVA a devolver por aplicación de las tablas vigentes. La Orden Ministerial HAP 2652/2012 actualiza las antiguas tablas y está vigente desde el 15 de diciembre de 2012.
2b) Sistema de devolución del IVA a viajeros mediante entidad colaboradora
- El viajero residente o fuera de la U.E., o en Canarias, Ceuta, Melilla, Gibraltar, Andorra
- Realiza compras
por más de 90,15 €, en un establecimiento con servicio Tax-Free. El año 2019 se eliminó el limite mínimo de 90.15€. - El comercio emite la factura correspondiente con el IVA desglosado
- El comercio rellena el cheque Tax-Free con los datos del comprador
- En el plazo máximo de tres meses desde la fecha de compra el comprador debe salir de la U.E.
- En la aduana de salida de la U.E. (si es un aeropuerto español a la Guardia Civil de aduanas) debe pedir que le sellen el Cheque Tax-Free, presentando lo siguiente: pasaporte/tarjeta de residencia, las facturas, los bienes, los Tax-Free, y si sale de un puerto o aeropuerto el billete con destino fuera de la U.E. Canarias, Ceuta y Melilla piden el sello a la llegada.
- Con el cheque Tax-Fre sellado, puede solicitar la devolución (antes de 4 años) en:
- Las agencias autorizadas para tramitar la devolución (en casi todos los aeropuertos hay al menos una) de la frontera desde la que se salga de la U.E. En los vuelos con escala corta en otro país se puede solicitar la devolución desde España.
- O entregando el Cheque y las facturas en el propio comercio (por correo, o en persona en la próxima visita) y en el plazo de 15 días tiene que entregar la devolución mediante cheque, abono en la tarjeta de crédito o transferencia bancaria.
- Listado de entidades autorizadas en Españapara la devolución del Tax-Free.
- Global Refund Spain S.A. (antes European Tax Free Shopping Spain S.A.).
- Premier Tax Free (antes Cashback).
- Innova Taxfree Spain (antes Spain Refund SL).
- Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona.
- Open Refund S.L.
- Tax Free World Wide Spain S.L.
- Comercia Global Payments Entidad de Pago S.L.
- Financiera El Corte Inglés, EFC, S.A.
- Travel Tax Free S.L.U.
- NOTA PARA COMERCIOS. Los comerciantes que quieran llegar a un acuerdo de colaboración con alguna de estas entidades pueden ponerse en contacto con ellas. Tiene la ventaja de que el tax-free lo podrá recibir el turista en efectivo en el aeropuerto a la salida. Sin embargo el sistema de devolución directo permite devolver el 100% del IVA al turista.
- Contabilización de la devolución del IVAde una factura de 100 € mas 21 € IVA.
- Cuenta Debe Haber
- a.- En un nuevo asiento revertimos la venta
- 700. 100 €
- 477. 21 €
- b.- Contabilizamos la venta como exportación.
- 700.zz(cuenta export) 100 €
- 477.zz(IVA export) 0 €
- c.- devolvemos el IVA al cliente o a la entidad colaboradora
- 410.zz 21 €
- 572.xx 21 €
2c) Tabla de Devolución de IVA en Régimen de Viajeros
Valor de compra (en euros) (IVA incluido) | Devolución | Valor de compra (en euros) (IVA incluido) | Devolución |
90,16 – 100,00 | 10,50 | 625,01 – 650,00 | 82,50 |
100,01 – 125,00 | 13,00 | 650,01 – 675,00 | 85,50 |
125,01 – 150,00 | 16,50 | 675,01 – 700,00 | 89,50 |
150,01 – 175,00 | 19,50 | 700,00 – 725,00 | 92,00 |
175,01 – 200,00 | 22,00 | 725,01 – 750,00 | 95,50 |
200,01 – 225,00 | 25,00 | 750,01 – 775,00 | 99,00 |
225,01 – 250,00 | 28,50 | 775,01 – 800,00 | 102,00 |
250,01 – 275,00 | 31,50 | 800,01 – 825,00 | 105,50 |
275,01 – 300,00 | 34,50 | 825,01 – 850,00 | 109,50 |
300,01 – 325,00 | 38,00 | 850,01 – 875,00 | 113,50 |
325,01 – 350,00 | 41,00 | 875,01 – 900,00 | 116,00 |
350,01 – 375,00 | 44,00 | 900,01 – 925,00 | 119,50 |
375,01 – 400,00 | 48,00 | 925,01 – 950,00 | 122,00 |
400,01 – 425,00 | 51,00 | 950,01 – 975,00 | 126,00 |
425,01 – 450,00 | 53,50 | 975,01 – 1.000,00 | 128,50 |
450,01 – 475,00 | 56,50 | 1.000,01 – 1.500,00 | 13,70% |
475,01 – 500,00 | 60,00 | 1.500,01 – 2.000 | 14,05% |
500,01 – 525,00 | 65,50 | 2.000,01 – 3.000 | 14,50% |
525,01 – 550,00 | 69,00 | 3.000,01 – 4.000 | 14,90% |
550,01 – 575,00 | 73,00 | 4.000,01 – 5.000 | 15,30% |
575,01 – 600,00 | 75,50 | 5.000,01 | 15,70% |
600,01 – 625,00 | 78,50 |
Operaciones gravadas al tipo reducido del 10 %:
- de 90,16 a 220 € la devolución es del 5%
- De 220,01 € en adelante la devolución es del 7%
Operaciones gravadas al tipo reducido del 4 %:
- la devolución es del 2%
En rigor el único método es a través de Global o similar pues las tiendas se niegan a llenar formularios de reembolso total
Ud. Indicó que podíamos pedir que llenen uno directo en la web de la Agencia Tributaria
En ese caso deben imprimirnos y entregarnos el mismo o como lo conseguimos para poder validarlo el los tótems Diva?
En rigor el único método posible es a través de Global o similar, ya que las tiendas se niegan a llenar otro formulario de reembolso total
Ud. Indicó que podia solicitarse que llenaran uno directo de la web de la Agencia Tributaria para reembolso total Si acceden a hacerlo, debemos pedir que lo impriman y nos lo entreguen para validarlo en los tótems Diva o nosotros tenemos que conseguirlo de esa agencia antes de regresar ?
Muchas gracias y felicitaciones por el Consultorio
Rudy
Ciudad de la Costa
Uruguay