Véase el actual procedimiento de devolución electrónica: DIVA
1.- La Ley establece dos sistemas posibles de reembolso:
- El propio viajero remite la factura emitida por el comercio y diligenciada por la aduana al establecimiento donde efectuó la compra, quien posteriormente, devolverá la cuota repercutida en el plazo de los quince días siguientes mediante cheque o transferencia bancaria. Por este sistema se recupera todo el IVA pagado.
- El reembolso a través de entidades colaboradoras, autorizadas por la AEAT, en las condiciones establecidas y a cambio de una comisión fijada reglamentariamente según la tabla que aparece más abajo (esta tabla se aplica a las compras realizadas en España).
- La diferencia entre el IVA pagado y el que resulta a devolver es la comisión de la entidad colaboradora.
- En el caso de compras en otros países de la UE, la entidad colaboradora aplicará las tablas correspondientes al país donde se emitió la factura de compra.
En el resto de países de la Unión Europa el sistema es similar, variando los importes de devolución al ser diferentes los porcentajes de IVA aplicables.
1) Si el turista opta por la devolución a través del comercio donde realizó la compra:
- Debe sellar la factura de compra en la aduana al salir de la Unión Europea
- remitir la factura original diligenciada por la aduana a la tienda
- La tienda en el plazo de 15 días debe devolver el IVA de la factura al turista, mediante transferencia bancaria a una cuenta a nombre del turista o mediante un cheque a nombre del turista. La tienda elige cual de los dos sistemas usar.
- La tienda recupera el IVA devuelto al turista mediante la correspondiente declaración de IVA:
- en general en la siguiente declaración de IVA, se deduce el IVA devuelto al turista en el modelo 303:
- Se reduce la base del IVA devengado, en el importe de la factura diligenciada en Aduanas por el turista.
- Se reduce la cuota del IVA devengado, en el importe de la cuota de IVA de la factura diligenciada en aduana por el turista.
- Se declara la base de IVA, de la factura diligenciada en la casilla 43.
- De esta forma el comercio, recupera el IVA devuelto al turista, con un menor ingreso en la declaración trimestral de IVA.
- Si la tienda está en recargo de equivalencia solicitará la devolución del IVA reembolsado al turista mediante el modelo 308. Casillas [08] a [16]: se harán constar las bases imponibles a efectos del IVA de las entregas de bienes exentas del impuesto por aplicación del artículo 21.2 de su Ley del IVA, respecto de las cuales se haya procedido al reembolso de las cuotas en el período, el tipo impositivo aplicable y las cuotas resultantes.
- en general en la siguiente declaración de IVA, se deduce el IVA devuelto al turista en el modelo 303:
2a) Si el turista, opta por la entidad colaboradora:
Si compramos en una tienda un bien que cuesta 100€, que lleva incluido el IVA al 21%. El importe del IVA lo podemos calcular así:
- 100 dividido entre (1,21) = 82,64 €. Esto es la base
- Y el IVA será 82,64 x 21% =17,36 €. Podemos verificar que lo hemos hecho bien porque ambas cantidades suman 100 €.
- El IVA, en nuestro ejemplo, es del 21%, y se calcula sobre la base. En los comercios los precios aparecen con el IVA incluido, y también podemos decir que el IVA del 21%, representa el 17,36% del precio de venta al público (que lleva incluido el IVA).
- El importe máximo de IVA a devolver es del 15,70% que es equivalente a recuperar 18,62 puntos de IVA del 21% pagado.
Es este 17,36% del precio de venta, la cantidad que querríamos que nos devolvieran. Pero hay que descontar unos gastos por el servicio. Esta comisión autorizada, es la diferencia entre el IVA repercutido en la factura y el IVA a devolver por aplicación de las tablas vigentes. La Orden Ministerial HAP 2652/2012 actualiza las antiguas tablas y está vigente desde el 15 de diciembre de 2012.
2b) Sistema de devolución del IVA a viajeros mediante entidad colaboradora
- El viajero residente o fuera de la U.E., o en Canarias, Ceuta, Melilla, Gibraltar, Andorra
- Realiza compras
por más de 90,15 €, en un establecimiento con servicio Tax-Free. El año 2019 se eliminó el limite mínimo de 90.15€. - El comercio emite la factura correspondiente con el IVA desglosado
- El comercio rellena el cheque Tax-Free con los datos del comprador
- En el plazo máximo de tres meses desde la fecha de compra el comprador debe salir de la U.E.
- En la aduana de salida de la U.E. (si es un aeropuerto español a la Guardia Civil de aduanas) debe pedir que le sellen el Cheque Tax-Free, presentando lo siguiente: pasaporte/tarjeta de residencia, las facturas, los bienes, los Tax-Free, y si sale de un puerto o aeropuerto el billete con destino fuera de la U.E. Canarias, Ceuta y Melilla piden el sello a la llegada.
- Con el cheque Tax-Fre sellado, puede solicitar la devolución (antes de 4 años) en:
- Las agencias autorizadas para tramitar la devolución (en casi todos los aeropuertos hay al menos una) de la frontera desde la que se salga de la U.E. En los vuelos con escala corta en otro país se puede solicitar la devolución desde España.
- O entregando el Cheque y las facturas en el propio comercio (por correo, o en persona en la próxima visita) y en el plazo de 15 días tiene que entregar la devolución mediante cheque, abono en la tarjeta de crédito o transferencia bancaria.
- Listado de entidades autorizadas en Españapara la devolución del Tax-Free.
- Global Refund Spain S.A. (antes European Tax Free Shopping Spain S.A.).
- Premier Tax Free (antes Cashback).
- Innova Taxfree Spain (antes Spain Refund SL).
- Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona.
- Open Refund S.L.
- Tax Free World Wide Spain S.L.
- Comercia Global Payments Entidad de Pago S.L.
- Financiera El Corte Inglés, EFC, S.A.
- Travel Tax Free S.L.U.
- NOTA PARA COMERCIOS. Los comerciantes que quieran llegar a un acuerdo de colaboración con alguna de estas entidades pueden ponerse en contacto con ellas. Tiene la ventaja de que el tax-free lo podrá recibir el turista en efectivo en el aeropuerto a la salida. Sin embargo el sistema de devolución directo permite devolver el 100% del IVA al turista.
- Contabilización de la devolución del IVAde una factura de 100 € mas 21 € IVA.
- Cuenta Debe Haber
- a.- En un nuevo asiento revertimos la venta
- 700. 100 €
- 477. 21 €
- b.- Contabilizamos la venta como exportación.
- 700.zz(cuenta export) 100 €
- 477.zz(IVA export) 0 €
- c.- devolvemos el IVA al cliente o a la entidad colaboradora
- 410.zz 21 €
- 572.xx 21 €
2c) Tabla de Devolución de IVA en Régimen de Viajeros
Valor de compra (en euros) (IVA incluido) | Devolución | Valor de compra (en euros) (IVA incluido) | Devolución |
90,16 – 100,00 | 10,50 | 625,01 – 650,00 | 82,50 |
100,01 – 125,00 | 13,00 | 650,01 – 675,00 | 85,50 |
125,01 – 150,00 | 16,50 | 675,01 – 700,00 | 89,50 |
150,01 – 175,00 | 19,50 | 700,00 – 725,00 | 92,00 |
175,01 – 200,00 | 22,00 | 725,01 – 750,00 | 95,50 |
200,01 – 225,00 | 25,00 | 750,01 – 775,00 | 99,00 |
225,01 – 250,00 | 28,50 | 775,01 – 800,00 | 102,00 |
250,01 – 275,00 | 31,50 | 800,01 – 825,00 | 105,50 |
275,01 – 300,00 | 34,50 | 825,01 – 850,00 | 109,50 |
300,01 – 325,00 | 38,00 | 850,01 – 875,00 | 113,50 |
325,01 – 350,00 | 41,00 | 875,01 – 900,00 | 116,00 |
350,01 – 375,00 | 44,00 | 900,01 – 925,00 | 119,50 |
375,01 – 400,00 | 48,00 | 925,01 – 950,00 | 122,00 |
400,01 – 425,00 | 51,00 | 950,01 – 975,00 | 126,00 |
425,01 – 450,00 | 53,50 | 975,01 – 1.000,00 | 128,50 |
450,01 – 475,00 | 56,50 | 1.000,01 – 1.500,00 | 13,70% |
475,01 – 500,00 | 60,00 | 1.500,01 – 2.000 | 14,05% |
500,01 – 525,00 | 65,50 | 2.000,01 – 3.000 | 14,50% |
525,01 – 550,00 | 69,00 | 3.000,01 – 4.000 | 14,90% |
550,01 – 575,00 | 73,00 | 4.000,01 – 5.000 | 15,30% |
575,01 – 600,00 | 75,50 | 5.000,01 | 15,70% |
600,01 – 625,00 | 78,50 |
Operaciones gravadas al tipo reducido del 10 %:
- de 90,16 a 220 € la devolución es del 5%
- De 220,01 € en adelante la devolución es del 7%
Operaciones gravadas al tipo reducido del 4 %:
- la devolución es del 2%
Hola. Soy residente en ceuta tengo derecho a cobrar el iva??gracias
Si. Pero no a la salida de la península, sino a la llegada a Ceuta en el IPSI
Hola estoy por dejar España, tengo varios tickets de tax free sólo tengo dos preguntas:
lo que compré son objetos personales, ropa, calzado, ropa de invierno, que tenía que comprar aquí, pues la ropa que traía no me sirvió para estar tres meses, en las instrucciones te dicen presentar los artículos y la tarjeta de embarque o sea el pase de abordar, si ya te dieron esta es porque también entregaste las maletas, como hacerlo si esas oficinas están dentro de las salas de abordar???? y ni modo que en el equipaje de más lleve todo lo comprado para una estancia de tres meses?? Que se hace entinces???
La otra pregunta va relacionada con los varias facturas: unas son para devolver 50 euros otras 25, otras 13 etc. Hasta cuantas facturas y monto devuelven en las oficinas pues de global por ejemplo tengo 5 con diferentes cantidades y luego tengo otras de blue en las mismas condiciones, breves cantidades. Gracias por la ayuda que me pueda dar.
La oficina de aduanas, precisamente está en la zona de facturación, para que puedas enseñar los objetos antes de facturar.
Si ya facturaste, legalmente al no poder enseñar los bienes no tienes derecho al tax-free. Pero a veces hay suerte y te lo sellan a pesar de todo.
En Global Blue o similares, te devuelven lo que digan los cheques tax free. Si lo que tienes son facturas selladas por aduanda entonces la devolución se la tienes que pedir al comercio.
Buenas notas! Tengo una duda que quisieran que me ayudaran a resolver! Estoy es España y quiero solicitar el tax free. Mi boleto es el siguiente, salgo de Madrid con escala en Portugal y mi destino final es Venezuela. Viajo con la misma aerolínea, yo quiero saber dónde tengo que solicitar el tax free, si es Madrid o Portugal? Porque si es en Portugal y me piden revisarme mis maletas para saber si lo que estoy declarando es cierto que lo llevó conmigo,ya en ese momento yo no las tendré conmigo porque cuando entregue mi equipaje en Madrid ya no lo veré más sino cuando llegue a mi destino final que es Venezuela. Alguien puede aclararme esto? Gracias
Les dejo mi correo pacf_15@hotmail.com
Si vas a facturar al destino final. Entonces tienes que pedirlo en el aeropuerto donde vayas a facturar.
hola, tengo un tax free pero no estoy segura si podre cobrarlo…compre un iphone el 24 de octubre, yo dejo espania el 29 de enero, se que deben ser 3 meses pero yo me voy unos días mas tarde..igual podre cobrarlo?
En este caso al pasar de 3 meses ya no puedes pedirlo. Pero inténtalo.
Justo estoy por salir del país con mis compras encima, mi duda es la siguiente: en varios establecimientos he pagado en efectivo, tramitando esto por mi cuenta, debo adjuntar los datos de cuenta para recubir la transferencia por el monto correspondiente?
Otra duda es he comprado una Thermomix esto a través de uno de sus representantes, en el momento de enviar la factura diligencias a por aduana la dirección correspondiente es el domicilio social de la compañía Vorwerk España (Thermomix)
Si tendrás que adjuntar o bien datos de la cuenta, o pedir un cheque nominativo.
Lo de la termomix pideselo al representante y que el te ayude a tramitarlo.
Estimado Javier,
Soy residente en suiza desde hace aproximadamente 3 años y quiero a comprar una bicicleta de más de 1500 euros en España, en un establecimiento que no tiene ningún acuerdo con ninguna compañía de TAX FREE. He llegado a un acuerdo con el dueño y me ha dicho que él puede hacérmelo sin ningún problema, sin embargo me gustaría asegurarme que puede hacerlo antes de realizar la compra.
Me gustaría que me aclarases si es posible los siguiente puntos.
• Que documentación debo presentar para hacer el TAX FREE.
o Entiendo que mi permiso de trabajo B suizo (documento que han utilizado otras entidades en anteriores ocasiones (ejemplo: el corte ingles))
• Que documentación debe facilitarme para rellenar el establecimiento y de donde puede sacarla?
o En otros establecimientos suelen darme una plantilla de global blue o compañías parecidas, pero al no tener acuerdo con ellos, no sé de donde pueden sacarlo.
• Una vez relleno este documento y con la factura sellada en la aduana, cuál sería el procedimiento a seguir?
o Llevaría la documentación a la tienda y ellos me devolverían el IVA. Que cantidad deberían devolverme? 21%?
o Que debería hacer la tienda con esa factura, presentarla en la declaración de IVA trimestral? Deben seguir algún paso mas
Muchísimas gracias una vez más por tu ayuda.
Un saludo,
Ignacio
el comercio te podrá devolver el IVA cuando le lleves sellada la factura por la aduana.
El comercio sólo te tiene que entregar la factura a tu nombre.
Tu le tienes que entregar al comercio factura sellada por la aduna, junto con justificante de que eres residente en Suiza (inscripción consular si eres español) y copia de tu documento de identidad.
El comercio a cambio te devolverá por transferencia, cheque nominativo, o devolución a la tarjeta, el importe del total del IVA consignado en la factura. Para hacer este abono dispone d e15 días, y el comercio puede elegir cualquiera de los 3 métodos para devolverte el IVA.
La tienda una vez que reciba la factura, en su modelo 303 de IVA, declarará esta venta como exportación, quedando exenta de IVA. Por lo tanto el IVA que te devuelve, el comercio lo recupera dejando de ingresarselo a Hacienda.
Si llevaras la factura al comemercio cuando este ya ha declarado la venta original en el 303, entonces en un trimestre posterior, declarará la anulación de la factura original de venta (es parecido a poner la venta con signo negativo y el IVA repercutido también con signo negativo. Y ademas declarar ahora en el lugar correcto como exportación exenta de IVA.
Si el comercio en el futuro tuviera una inspección deberá aportar la factura sellada por la aduana, copia del documento/s que justifican que el cliente es residente fuera de la Unión Europea, y justificante de la devolución realizada al cliente.
Les cuento mi caso: Tengo nacionalidad Española-Argentina; soy residente en Francia (empadronado) estoy en España por las fiestas. Ahora estoy por viajar primero a Inglaterra y luego a Argentina. Mi pregunta es: ¿cuando viaje a Inglaterra puedo pedir la devolución del IVA de mis compras? ¿Y cuando viaje a Argentina puedo hacer el mismo trámite?
La condición es q no resida en España o que no resida en la UE?
La condición es que no residas en ningún país de la Unión Europea.
Hola,
Una Consulta por favor Mi padre viajó a Ecuador, selló los documentos en la aduana, pero No alcanzó a cobrar el tax free en Global Blue por que había mucha gente, que se puede hacer en ese caso para poder cobrar el dinero los documentos se los llevó a Ecuador, cual es el limite plazo de tiempo para poder cobrarlo.
En espera de su Gentil Respuesta.
Cordialmente,
Ivonne
4 años desde la fecha de la compra
Hola de nuevo,
tengo una pregunta adicional:
En el artículo se habla de que hay hasta 4 años para solicitar la devolución… trato de explicar mi situación:
Estoy en España hasta el 8 de enero. Viajo hacia Colombia de nuevo. Si no realizo ahora la solicitud de devolución del IVA, ¿puedo hacerlo en mi próxima visita?
gracias!
Son dos partes:
sellar los documentos en aduana, para esto tienes 3 meses desde la fecha de compra.
La segunda parte es hacer efectiva la devolución con los documentos sellados por la aduana, para esto tienes 4 años.
Hola,
es posible recuperar el IVA pagado de un billete de avión? Soy colombiano, paso vacaciones en España y viajo hacia Canadá. ¿puedo recuperar el IVA de esos billetes de avión?
Gracias!
A veces buscáis cosas imposibles.
El IVA se devuelve por bienes que compran turistas.
Si has comprado el avión, podrías estar exento del IVA.
Pero si has comprado un billete de avión, esto es un servicio de transporte. El taxfree se aplica sólo a bienes nunca a servicios.
Pero encima si miras la factura del billete de avión, verás que está exenta de IVA, por lo que de todas formas no estás pagando IVA.
Buenos dias, de antemano muchas felicitaciones por este foro. Realmente muy explicativo su contenido. Quisiera consultar una duda que tengo con respecto a la devolución del IVA por compras de bienes realizadas en España y en la UE en general. Soy titular de un visado de residencia en España como inversionista y paso en España un poco menos de 5 meses al año. Mi residencia fiscal se mantiene en mi pais de origen (Venezuela). Dadas estas condiciones ¿soy susceptible de aprovechar la ventaja de obtener el beneficio de la devolución del IVA ? Agradeciendo de antemano su amable respuesta.
Si.
He comprado un traje en Madrid y tengo la factura por el traje. El fabricante es una compañía pequeña. Soy Chileno y viajare en 7 días de vuelta a Chile. Basta con que lleve la factura del traje al aeropuerto (junto con el traje), o es necesario que haga algo mas?
Gracias de antemano
Cristian
Que te sellen la factura en la aduana.
Luego habla con la tienda para que te devuelvan el IVA.