Tax Free España (Europe). ¿Quién puede pedir el Taxfree? ¿Cómo se hace?

Véase el actual procedimiento de devolución electrónica: DIVA

1.- La Ley establece dos sistemas posibles de reembolso:

  1.  El propio viajero remite la factura emitida por el comercio y diligenciada por la aduana al establecimiento donde efectuó la compra, quien posteriormente, devolverá la cuota repercutida en el plazo de los quince días siguientes mediante cheque o transferencia bancaria. Por este sistema se recupera todo el IVA pagado.
  2.  El reembolso a través de entidades colaboradoras, autorizadas por la AEAT, en las condiciones establecidas y a cambio de una comisión fijada reglamentariamente según la tabla que aparece más abajo (esta tabla se aplica a las compras realizadas en España).
    1. La diferencia entre el IVA pagado y el que resulta a devolver es la comisión de la entidad colaboradora.
    2. En el caso de compras en otros países de la UE, la entidad colaboradora aplicará las tablas correspondientes al país donde se emitió la factura de compra.

En el resto de países de la Unión Europa el sistema es similar, variando los importes de devolución al ser diferentes los porcentajes de IVA aplicables.

1) Si el turista opta por la devolución a través del comercio donde realizó la compra:

  1. Debe sellar la factura de compra en la aduana al salir de la Unión Europea
  2. remitir la factura original diligenciada por la aduana a la tienda
  3. La tienda en el plazo de 15 días debe devolver el IVA de la factura al turista, mediante transferencia bancaria a una cuenta a nombre del turista o mediante un cheque a nombre del turista. La tienda elige cual de los dos sistemas usar.
  4. La tienda recupera el IVA devuelto al turista mediante la correspondiente declaración de IVA:
    1. en general en la siguiente declaración de IVA, se deduce el IVA devuelto al turista en el modelo 303:
      1. Se reduce la base del IVA devengado, en el importe de la factura diligenciada en Aduanas por el turista.
      2. Se reduce la cuota del IVA devengado, en el importe de la cuota de IVA de la factura diligenciada en aduana por el turista.
      3. Se declara la base de IVA, de la factura diligenciada en la casilla 43.
      4. De esta forma el comercio, recupera el IVA devuelto al turista, con un menor ingreso en la declaración trimestral de IVA.
    2. Si la tienda está en recargo de equivalencia solicitará la devolución del IVA reembolsado al turista mediante el modelo 308. Casillas [08] a [16]: se harán constar las bases imponibles a efectos del IVA de las entregas de bienes exentas del impuesto por aplicación del artículo 21.2 de su Ley del IVA, respecto de las cuales se haya procedido al reembolso de las cuotas en el período, el tipo impositivo aplicable y las cuotas resultantes.

2a) Si el turista, opta por la entidad colaboradora: 

Si compramos en una tienda un bien que cuesta 100€, que lleva incluido el IVA al 21%. El importe del IVA lo podemos calcular así:

  • 100 dividido entre (1,21) = 82,64 €. Esto es la base
  • Y el IVA será 82,64 x 21% =17,36 €. Podemos verificar que lo hemos hecho bien porque ambas cantidades suman 100 €.
  • El IVA, en nuestro ejemplo, es del 21%, y se calcula sobre la base. En los comercios los precios aparecen con el IVA incluido, y también podemos decir que el IVA del 21%, representa el 17,36% del precio de venta al público (que lleva incluido el IVA).
  • El importe máximo de IVA a devolver es del 15,70% que es equivalente a recuperar  18,62 puntos de IVA del 21% pagado.

Es este 17,36% del precio de venta, la cantidad que querríamos que nos devolvieran. Pero hay que descontar unos gastos por el servicio. Esta comisión autorizada, es la diferencia entre el IVA repercutido en la factura y el IVA a devolver por aplicación de las tablas vigentes. La Orden Ministerial HAP 2652/2012 actualiza las antiguas tablas y está vigente desde el 15 de diciembre de 2012.

2b) Sistema de devolución del IVA a viajeros mediante entidad colaboradora

  • El viajero residente o fuera de la U.E., o en Canarias, Ceuta, Melilla, Gibraltar, Andorra
  • Realiza compras por más de 90,15 €, en un establecimiento con servicio Tax-Free. El año 2019 se eliminó el limite mínimo de 90.15€.
  • El comercio emite la factura correspondiente con el IVA desglosado
  • El comercio rellena el cheque Tax-Free con los datos del comprador
  • En el plazo máximo de tres meses desde la fecha de compra el comprador debe salir de la U.E.
  • En la aduana de salida de la U.E. (si es un aeropuerto español a la Guardia Civil de aduanas) debe pedir que le sellen el Cheque Tax-Free, presentando lo siguiente: pasaporte/tarjeta de residencia, las facturas, los bienes, los Tax-Free, y si sale de un puerto o aeropuerto el billete con destino fuera de la U.E. Canarias, Ceuta y Melilla piden el sello a la llegada.
  • Con el cheque Tax-Fre sellado, puede solicitar la devolución (antes de 4 años) en:
    1. Las agencias autorizadas para tramitar la devolución (en casi todos los aeropuertos hay al menos una) de la frontera desde la que se salga de la U.E. En los vuelos con escala corta en otro país se puede solicitar la devolución desde España.
    2. O entregando el Cheque y las facturas en el propio comercio (por correo, o en persona en la próxima visita) y en el plazo de 15 días tiene que entregar la devolución mediante cheque, abono en la tarjeta de crédito o transferencia bancaria.
  • Listado de entidades autorizadas en Españapara la devolución del Tax-Free.
    1. Global Refund Spain S.A. (antes European Tax Free Shopping Spain S.A.).
    2. Premier Tax Free (antes Cashback).
    3. Innova Taxfree Spain (antes Spain Refund SL).
    4. Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona.
    5. Open Refund S.L.
    6. Tax Free World Wide Spain S.L.
    7. Comercia Global Payments Entidad de Pago S.L.
    8. Financiera El Corte Inglés, EFC, S.A.
    9. Travel Tax Free S.L.U.
  • NOTA PARA COMERCIOS. Los comerciantes que quieran llegar a un acuerdo de colaboración con alguna de estas entidades pueden ponerse en contacto con ellas. Tiene la ventaja de que el tax-free lo podrá recibir el turista en efectivo en el aeropuerto a la salida. Sin embargo el sistema de devolución directo permite devolver el 100% del IVA al turista.
  • Contabilización de la devolución del IVAde una factura de 100 € mas 21 € IVA.
    • Cuenta                        Debe                    Haber
    • a.- En un nuevo asiento revertimos la venta
      • 700.                                100 €
      • 477.                                 21 €
    •  b.- Contabilizamos la venta como exportación.
      • 700.zz(cuenta export)                                100 €
      • 477.zz(IVA export)                                      0 €
    • c.- devolvemos el IVA al cliente o a la entidad colaboradora
      • 410.zz                           21 €
      • 572.xx                                                            21 €

2c) Tabla de Devolución de IVA en Régimen de Viajeros

Valor de compra (en euros) (IVA incluido) Devolución Valor de compra (en euros) (IVA incluido) Devolución
90,16 – 100,00 10,50 625,01 – 650,00 82,50
100,01 – 125,00 13,00 650,01 – 675,00 85,50
125,01 – 150,00 16,50 675,01 – 700,00 89,50
150,01 – 175,00 19,50 700,00 – 725,00 92,00
175,01 – 200,00 22,00 725,01 – 750,00 95,50
200,01 – 225,00 25,00 750,01 – 775,00 99,00
225,01 – 250,00 28,50 775,01 – 800,00 102,00
250,01 – 275,00 31,50 800,01 – 825,00 105,50
275,01 – 300,00 34,50 825,01 – 850,00 109,50
300,01 – 325,00 38,00 850,01 – 875,00 113,50
325,01 – 350,00 41,00 875,01 – 900,00 116,00
350,01 – 375,00 44,00 900,01 – 925,00 119,50
375,01 – 400,00 48,00 925,01 – 950,00 122,00
400,01 – 425,00 51,00 950,01 – 975,00 126,00
425,01 – 450,00 53,50 975,01 – 1.000,00 128,50
450,01 – 475,00 56,50 1.000,01 – 1.500,00 13,70%
475,01 – 500,00 60,00 1.500,01 – 2.000 14,05%
500,01 – 525,00 65,50 2.000,01 – 3.000 14,50%
525,01 – 550,00 69,00 3.000,01 – 4.000 14,90%
550,01 – 575,00 73,00 4.000,01 – 5.000 15,30%
575,01 – 600,00 75,50 5.000,01 15,70%
600,01 – 625,00 78,50

Operaciones gravadas al tipo reducido del 10 %:

  • de 90,16 a 220 € la devolución es del 5%
  • De 220,01 € en adelante la devolución es del 7%

Operaciones gravadas al tipo reducido del 4 %:

  • la devolución es del 2%
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1.524 respuestas a Tax Free España (Europe). ¿Quién puede pedir el Taxfree? ¿Cómo se hace?

  1. Miguel A. Rodriguez dijo:

    Un placer saludarte y gracias por la ayuda.

    Mi duda es saber que tipo de facturas se pueden presentar en Tax Free, si solo compra de productos o cualquier factura emitida en España. Yo resido en Latinoamérica, soy español y ahora he tenido un juzgado por un accidente que tuve hace ya casi 2 años. En el pago de honorarios de mi abogado se aplica el IVA, podría recuperar ese IVA?..muchas gracias. Un saludo.

  2. Maria dijo:

    buenos dias, mi madre recien salio de España con destino a Peru, pero como vino con asistencia por ser persona mayor no la apoyaron para que se acerque a cobrar el taxfree, en conclusion se regreso a casa con los documentos, hay alguna manera de cobrarlos una vez salido de la UE? estos documentos ya fueron sellados por la policia.
    Cuanto tiempo se tiene para cobrar el taxfree una vez sellados?
    gracias!

  3. Luis dijo:

    ¿Es posible lo siguiente?

    * Se compra bien en España, factura a nombre de extranjero
    * Una tercera persona le llevará el bien cuando vaya para allá
    * En aeropuerto/aduana sella factura, presentando su pasaporte, tarjeta de embarque,
    y copia + autorización de la persona a cuyo nombre está factura.
    * Luego se envía factura sellada a empresa que emitió factura
    * etc

    Veo que Global Blue ofrece la posibilidad de solicitar el reembolso mediante un tercero.
    http://www.globalblue.com/customer-services/tax-free-shopping/tax-free-shopping-faqs/article334019.ece//BINARY/GLOBAL_BLUE_PROXY_TEMPLATE.pdf?_ga=1.15529649.669999830.1448991499

    Por eso pregunto.

    Gracias! buen resumen

  4. Yahir dijo:

    Tengo dos dudas:

    1.- ¿Qué es el cheque tax free?

    2.- Soy estudiante en España y he realizado varias compras. Como puedo hacer para que me devuelvan el iva una vez que retorne a mi país, es decir después de un año???

    Espero me puedas ayudar.

    Saludos,

    Yahir.

  5. Adbo rakraki dijo:

    Hola buenas soy resedente en españa y ese pruducto sale fuera del la ue es posible poder recuperar el iva

  6. Rogelio dijo:

    Compre en varios negocios,casi todas las devoluciones están como la tabla q uds han subido en esta página,pero los de índitex hay una diferencia de más de la mitad,de lo q me tendrían q devolver.
    Ejemplo:bershka compre € 278 y me hicieron el papel de devolución , me van a dar € 13,05.
    DONDE PUEDO RECLAMAR?
    Gracias.

  7. MariMar dijo:

    Hola buenas noches:

    Soy Canaria residente y voy a comprar un vehículo nuevo en un concesionario de Alemania. Me dicen que tengo que pagar el IVA alemán y luego cuando llegue a Canarias pago el IGIC y después solicito la devolución del IVA. ¿Es correcto? ¿El vendedor me tendría que preparar una factura especial? ¿Sería posible hacer que el vendedor me firme una especie de contrato donde se compromete a devolverme el dinero?.
    Gracias de antemano por su ayuda

    • Cambia de concesionario, o no saben o no quieren hacerlo. Al ser no residente te lo pueden vender sin IVA. Luego en Canarias pagas el IGIC.

      Solicitar la devolución en Alemania para ti es engorroso y caro, y para el concesionario aleman es muy simple el trámite de vender sin IVA.

  8. Paola dijo:

    Hola he comprado en una tienda un móvil de 645€ y me dicen en la tienda que ellos no hacen tax free.
    Yo soy Argentina y precisó la devolución de este impuesto ya que no resido en Europa.
    Como puedo hacer?
    Gracias

  9. Rafa dijo:

    Buenas, perdonadme pero a mi no me queda muy claro…
    Soy español, pero residente en Kosovo, para dos o tres años (depende de lo que dure el proyecto), y tengo varias dudas
    1.) ¿De que tipo de productos puedo solicitar la devolución?
    2.) ¿De todo lo que solicito la devolucion? ¿Tengo que llevarlo encima el dia que me vuelva a Kosovo? ¿se puede quedar en españa?
    3.) ¿Hay un tope de gasto para solicitar la devolución?
    4.) Compro, y solicito factura a mi nombre. Y… ¿que tengo que hacer con esa factura?
    ¿y despues?

    Perdonadme, pero es que no me queda claro, en todo lo que he ido leyendo, gracias de antemano por las contestaciones.

  10. Ana dijo:

    Hola, cuando se habla de “residentes” se refiere a residentes fiscales o efectivos? En mi caso soy cooperante y resido de forma efectiva más de 180 días/año fuera de la UE, sin embargo, al estar contratada por un organismo español se me considera residente fiscal en España. Por lo que he visto no hay uniformidad de criterios, y en algunos aeropuertos no tienen inconveniente en sellar las facturas con la presentación de un pasaporte de servicio en el extranjero como prueba de residencia mientras que en otros no es posible. Gracias y saludos

    • PARA LOS ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
      A los funcionarios de aduanas, lo que les vale es el certificado de inscripción consular y residencia emitido por el consulado español de donde estés.
      Si tienes ese papel, sin problemas te sellarán los documentos, te los tienen que sellar.
      La razón es que este papel es un documento público español que certifica la residencia fuera de España.

      Si no a veces toca la lotería.

  11. Harold Rojas dijo:

    Hola, Gusto en saludarte……presentando las facturas originales emitida por la tienda que indiquen el IVA desglosado y tax free …..¿puedo retirar en efectivo la devolución del IVA en la aduana del Aeropuerto de Barajas?

  12. Pamela caballero dijo:

    Cómo puedo ponerme en contacto con la aduana europea, ha pasado un mes y no me han hecho la devolución del tax y quisiera saber si me lo devolverán.
    Gracias.

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