Supongo que en muchas situaciones es posible que haya que corregir una declaración anual, ya sean de rendimientos del trabajo (M-190) alquileres (M-180), modelo 347…, por:
- un importe erróneo
- un dato omitido
- un dato mal codificado
Y nos preguntamos como arreglarlo, con una complementaria, con una sustitutiva…
Si solo queremos cambiar, modificar o añadir un registro, tenemos otra alternativa: usar la aplicación web de la AEAT para modificar registros individuales de declaraciones ya presentadas.
Guia del Procedimiento:
Vaya a la pagina principal de la AEAT y acceda a la SEDE ELECTRONICA.
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede//Inicio/Inicio.shtml
Seleccione la opción impuestos (en el cuadro Procedimientos, Servicios y Tramites)
Seleccione declaraciones informativas
Seleccione el modelo que desea corregir (en nuestro ejemplo será el Modelo 190) pinchando sobre el cuadrado con una arroba dentro:
Ahora elija en Consultas y Modificación de declaraciones la opción correspondiente (aquella que se corresponda con el certificado digital con el que se identifica):
- Empresas y Profesionales
- Colaboradores
- Apoderados
A continuación elija la opción correspondiente al año de la declaración que quiere modificar. Si es 2010 o 2011 será la primera.
En la siguiente página el sistema le volvera a pedir que introduzca el año otra vez
A continuación le pedirá que escriba el CIF o NIF y pinche en acceder con certificado electrónico.
En la pantalla siguiente le mostrará todas las declaraciones presentadas a las que puede acceder y modificar
Seleccione la declaración correspondiente, y pinche sobre el número de justificante de la declaración correspondiente
Ahora las opciones que le dará el sistema son:
- Modificar Registros
- Dar de Alta Registro
- Dar de Baja Registro
- La otra opción la de la hoja resumen, no hace falta tocarla, se actualiza sola
Seleccione la opción correspondiente, en el ejemplo se ha seleccionado modificar registro
Busque el dato que quiere modificar, por ejemplo introduciendo el CIF/NIF del declarado.
Se abrirá la ventana para modificar el registro seleccionado
acepte la modificación y guarde una copia del la presentación actualizada.
Si añado un resgitro que me ha faltado poner en el modelo 190, que son los gastos deducibles de seguridad social ,¿ estan poniendo sanciones por esto?. Como no afecta al calculo de las retenciones ingresadas, ni al total. Gracias
Si lo haces por la aplicación de la web de la AEAT de modificar declaraciones normalmente no te sancionan si lo haces durante febrero o marzo.
pregunta:
Un trabajador al que le dieron la invalidez con fecha del mes de noviembre de 2015 y se recibio notificacion en febrero de 2016, por lo que se tuvo que modificar las nominas en cuanto a seguridad social.
por sus condiciones salariales, no le correspondia retencion por IRPF.
se tenia que hacer alguna modificacion en el 190 que ya se havia presentado?
Muchisimas gracias!
puedes hacer una sustitutiva poniendo el importe correcto
Buenas tardes,
Felicidades por el blog y gracias por la ayuda.
En mi caso he recibido un requerimiento de la Administración por no coincidir los datos del resumen anual, modelo 190, con las declaraciones trimestrales presentadas.
Efectivamente echas las comprobaciones hubo un error en el cálculo de los datos.
No hay alguna manera de subsanarlo y demostrar que fue un error?, solo cabe admitirlo y pagar?,
Gracias de nuevo
Si has cometido un error tendrás que pagar la sanción que corresponda a lo que has dejado de ingresar en el modelo 111 del trimestre donde hayas cometido el error.
Para el futuro antes de presenntar el 190, suma lo que has pagado en los 111, y verifica que coincidan. Así evitarás que te sancionen.
Hola, necesitamos hacer una rectificación de los importes del modelo 190 de 3000 empleados. ¿Cómo se puede hacer masivamente? Se puede enviar algún tipo de fichero de 190 rectificativo? ¿ con qué formato deberíamos enviarlo? Gracias
Simplemente prepara el correcto y marca la casilla sustitutiva
Error en los datos del coche en un formulario 380. Ya se han rectificado ante Hacienda. cómo se hace para presentar un nuevo formulario 380 con el NCR anterior. Gracias de antemano
Si el NRC lo has usado ya para presentar una declaración erronea, y luego has rectificado la declaración en Hacienda. Todo está bien el NRC queda bien aplicado a la declaración corregida.
Si el NRC no lo has usado, y han cambiado algun dato: tendrás que pedir al banco que lo anule. Y solicitar uno nuevo
HOLA BUENAS TARDES, TENGO UNA DUDA, PODRIA MANDAR EL MODELO 190 CON UN TRABAJADOR EXTRANJERO QUE SOLO TIENE NUMERO DE PASAPORTE MEDIANTE FICHERO ELECTRONICO? Y ME LO ACEPTARAN?
GRACIAS
UN SALUDO
Que se saque un NIE. Dará error el 190 sin NIE.
Por error se ha ingresado la retención de un alquiler de local (115) de un trimestre, al final de año lo reflejé en el resumen 180.
Posteriormente reclame la cantidad (debia ingresarla el arrendador) y hacienda devolvio la cantidad ingresada.
Ahora me notifican que la cantidad declarada en el 180 no esta ingresada y me la reclaman.
¿Como debo contestar este requirimiento? o hay que rectificar el 180?
Gracias y un saludo.
Has hecho una reclamación de ingresos indebidos por el ingreso del 115, pero has presentado un resumen anual 180, no lo has anulado y ahora no cuadra porque no hay ningún 115 ingresado para lo que declaras en el 180.
Tienes que hacer otro escrito solicitando la anulación del 180, también.
He recibido un requerimiento para una comprobación limitada en la que se me piden una serie de justificantes para aclarar una perdida patrimonial en elemento trasmitidos (en este caso acciones); pero también me piden la justificación para la deducción por adquisición de vivienda habitual. Yo no he pedido, como he podido comprobar, ninguna deducción deningún tipo. ¿Puedo entender que el requerimiento es erróneo y por lo tanto pedir que se realice un nuevo requerimiento? Puede afectar el hecho de ser erróneo a la comprobación limitada (de la que no tengo ningún miedo pues tengo todos los comprobantes). ¿Se puede ejercer algún tipo de acción contra el funcionario que firma electronicamente dicho documento de requerimiento? Muchas gracias.
En las alegaciones di que la deducción por vivienda del requerimiento es erronea, por que no hay tal. Y aporta los justificantes de las compras de las acciones vendidas con pérdidas.
Buenas tardes.
En el caso de una factura recibida registrada en Libro, y por tanto deducida en IVA, en dos trimestres por error (4º 2013 y 1º 2014), ¿cuál sería la forma correcta de solucionarlo si se desconoce ahora la fecha de recepción? En 4ºT 2013 sí superaba los 3005,06 y se incluyó en 347, no siendo así en 1ºT 2014.
Gracias.
No es creible, lo que dices, que la deduces en el 4 trimestre pero que no sabes si la recibiste en el 4 trimestre o en el primero del año siguiente???
Tiene pinta de que debes subsanar el primer trimestre por haber vuelto a deducir algo que ya declaraste en el año anterior.
Buenos dias, he comprobado que en el año 2014, al hacer el modelo 111 del 2ºT omití presentar la retencion del IRPF de una factura, y tampoco consta en el modelo 190. Puedo agregarlo , modificarlo desde la pag web de la AET? Muchas gracias. Monica Pavese
intentalo desde internet
Buenos días :
Respasando los certificados he comprobado que un trabajador no tiene la indemnización introducida en el modelo 190.
¿Cómo puedo subsanar este error?
Gracias de antemano, me parece un blog muy interesante.
con la aplicación de rectificación de declaraciones. Entra en AEAT en 190, y las ultimas opciones son para rectificar declaraciones presentadas.
Hola,
Felicidades por el blog. Tengo una duda. He detectado que en el 190 declare una retención a un profesional cuando realmente era para otro. ¿Se puede modificar datos de nif y nombre del profesional?
Gracias
No lo se. Inténtalo con la aplicación para modificar informativas.
Hola. Muchas gracias por lo que hasta ahora me has informado.
Mi error fue la clave. Cambié lo que eran rentas de trabajo por actividades económicas. Ahora las he modificado pero, les modificará Hacienda la situación a los trabajadores. Por ahora aparece la modificación tramitándose.
Si modificará los datos en el ordenador de hacienda. Pero no emitirá nuevos borradores a los trabajadores con la modificación, salvo que ellos vuelvan a solicitarlos