Tax Free España (Europe). ¿Quién puede pedir el Taxfree? ¿Cómo se hace?

Véase el actual procedimiento de devolución electrónica: DIVA

1.- La Ley establece dos sistemas posibles de reembolso:

  1.  El propio viajero remite la factura emitida por el comercio y diligenciada por la aduana al establecimiento donde efectuó la compra, quien posteriormente, devolverá la cuota repercutida en el plazo de los quince días siguientes mediante cheque o transferencia bancaria. Por este sistema se recupera todo el IVA pagado.
  2.  El reembolso a través de entidades colaboradoras, autorizadas por la AEAT, en las condiciones establecidas y a cambio de una comisión fijada reglamentariamente según la tabla que aparece más abajo (esta tabla se aplica a las compras realizadas en España).
    1. La diferencia entre el IVA pagado y el que resulta a devolver es la comisión de la entidad colaboradora.
    2. En el caso de compras en otros países de la UE, la entidad colaboradora aplicará las tablas correspondientes al país donde se emitió la factura de compra.

En el resto de países de la Unión Europa el sistema es similar, variando los importes de devolución al ser diferentes los porcentajes de IVA aplicables.

1) Si el turista opta por la devolución a través del comercio donde realizó la compra:

  1. Debe sellar la factura de compra en la aduana al salir de la Unión Europea
  2. remitir la factura original diligenciada por la aduana a la tienda
  3. La tienda en el plazo de 15 días debe devolver el IVA de la factura al turista, mediante transferencia bancaria a una cuenta a nombre del turista o mediante un cheque a nombre del turista. La tienda elige cual de los dos sistemas usar.
  4. La tienda recupera el IVA devuelto al turista mediante la correspondiente declaración de IVA:
    1. en general en la siguiente declaración de IVA, se deduce el IVA devuelto al turista en el modelo 303:
      1. Se reduce la base del IVA devengado, en el importe de la factura diligenciada en Aduanas por el turista.
      2. Se reduce la cuota del IVA devengado, en el importe de la cuota de IVA de la factura diligenciada en aduana por el turista.
      3. Se declara la base de IVA, de la factura diligenciada en la casilla 43.
      4. De esta forma el comercio, recupera el IVA devuelto al turista, con un menor ingreso en la declaración trimestral de IVA.
    2. Si la tienda está en recargo de equivalencia solicitará la devolución del IVA reembolsado al turista mediante el modelo 308. Casillas [08] a [16]: se harán constar las bases imponibles a efectos del IVA de las entregas de bienes exentas del impuesto por aplicación del artículo 21.2 de su Ley del IVA, respecto de las cuales se haya procedido al reembolso de las cuotas en el período, el tipo impositivo aplicable y las cuotas resultantes.

2a) Si el turista, opta por la entidad colaboradora: 

Si compramos en una tienda un bien que cuesta 100€, que lleva incluido el IVA al 21%. El importe del IVA lo podemos calcular así:

  • 100 dividido entre (1,21) = 82,64 €. Esto es la base
  • Y el IVA será 82,64 x 21% =17,36 €. Podemos verificar que lo hemos hecho bien porque ambas cantidades suman 100 €.
  • El IVA, en nuestro ejemplo, es del 21%, y se calcula sobre la base. En los comercios los precios aparecen con el IVA incluido, y también podemos decir que el IVA del 21%, representa el 17,36% del precio de venta al público (que lleva incluido el IVA).
  • El importe máximo de IVA a devolver es del 15,70% que es equivalente a recuperar  18,62 puntos de IVA del 21% pagado.

Es este 17,36% del precio de venta, la cantidad que querríamos que nos devolvieran. Pero hay que descontar unos gastos por el servicio. Esta comisión autorizada, es la diferencia entre el IVA repercutido en la factura y el IVA a devolver por aplicación de las tablas vigentes. La Orden Ministerial HAP 2652/2012 actualiza las antiguas tablas y está vigente desde el 15 de diciembre de 2012.

2b) Sistema de devolución del IVA a viajeros mediante entidad colaboradora

  • El viajero residente o fuera de la U.E., o en Canarias, Ceuta, Melilla, Gibraltar, Andorra
  • Realiza compras por más de 90,15 €, en un establecimiento con servicio Tax-Free. El año 2019 se eliminó el limite mínimo de 90.15€.
  • El comercio emite la factura correspondiente con el IVA desglosado
  • El comercio rellena el cheque Tax-Free con los datos del comprador
  • En el plazo máximo de tres meses desde la fecha de compra el comprador debe salir de la U.E.
  • En la aduana de salida de la U.E. (si es un aeropuerto español a la Guardia Civil de aduanas) debe pedir que le sellen el Cheque Tax-Free, presentando lo siguiente: pasaporte/tarjeta de residencia, las facturas, los bienes, los Tax-Free, y si sale de un puerto o aeropuerto el billete con destino fuera de la U.E. Canarias, Ceuta y Melilla piden el sello a la llegada.
  • Con el cheque Tax-Fre sellado, puede solicitar la devolución (antes de 4 años) en:
    1. Las agencias autorizadas para tramitar la devolución (en casi todos los aeropuertos hay al menos una) de la frontera desde la que se salga de la U.E. En los vuelos con escala corta en otro país se puede solicitar la devolución desde España.
    2. O entregando el Cheque y las facturas en el propio comercio (por correo, o en persona en la próxima visita) y en el plazo de 15 días tiene que entregar la devolución mediante cheque, abono en la tarjeta de crédito o transferencia bancaria.
  • Listado de entidades autorizadas en Españapara la devolución del Tax-Free.
    1. Global Refund Spain S.A. (antes European Tax Free Shopping Spain S.A.).
    2. Premier Tax Free (antes Cashback).
    3. Innova Taxfree Spain (antes Spain Refund SL).
    4. Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona.
    5. Open Refund S.L.
    6. Tax Free World Wide Spain S.L.
    7. Comercia Global Payments Entidad de Pago S.L.
    8. Financiera El Corte Inglés, EFC, S.A.
    9. Travel Tax Free S.L.U.
  • NOTA PARA COMERCIOS. Los comerciantes que quieran llegar a un acuerdo de colaboración con alguna de estas entidades pueden ponerse en contacto con ellas. Tiene la ventaja de que el tax-free lo podrá recibir el turista en efectivo en el aeropuerto a la salida. Sin embargo el sistema de devolución directo permite devolver el 100% del IVA al turista.
  • Contabilización de la devolución del IVAde una factura de 100 € mas 21 € IVA.
    • Cuenta                        Debe                    Haber
    • a.- En un nuevo asiento revertimos la venta
      • 700.                                100 €
      • 477.                                 21 €
    •  b.- Contabilizamos la venta como exportación.
      • 700.zz(cuenta export)                                100 €
      • 477.zz(IVA export)                                      0 €
    • c.- devolvemos el IVA al cliente o a la entidad colaboradora
      • 410.zz                           21 €
      • 572.xx                                                            21 €

2c) Tabla de Devolución de IVA en Régimen de Viajeros

Valor de compra (en euros) (IVA incluido) Devolución Valor de compra (en euros) (IVA incluido) Devolución
90,16 – 100,00 10,50 625,01 – 650,00 82,50
100,01 – 125,00 13,00 650,01 – 675,00 85,50
125,01 – 150,00 16,50 675,01 – 700,00 89,50
150,01 – 175,00 19,50 700,00 – 725,00 92,00
175,01 – 200,00 22,00 725,01 – 750,00 95,50
200,01 – 225,00 25,00 750,01 – 775,00 99,00
225,01 – 250,00 28,50 775,01 – 800,00 102,00
250,01 – 275,00 31,50 800,01 – 825,00 105,50
275,01 – 300,00 34,50 825,01 – 850,00 109,50
300,01 – 325,00 38,00 850,01 – 875,00 113,50
325,01 – 350,00 41,00 875,01 – 900,00 116,00
350,01 – 375,00 44,00 900,01 – 925,00 119,50
375,01 – 400,00 48,00 925,01 – 950,00 122,00
400,01 – 425,00 51,00 950,01 – 975,00 126,00
425,01 – 450,00 53,50 975,01 – 1.000,00 128,50
450,01 – 475,00 56,50 1.000,01 – 1.500,00 13,70%
475,01 – 500,00 60,00 1.500,01 – 2.000 14,05%
500,01 – 525,00 65,50 2.000,01 – 3.000 14,50%
525,01 – 550,00 69,00 3.000,01 – 4.000 14,90%
550,01 – 575,00 73,00 4.000,01 – 5.000 15,30%
575,01 – 600,00 75,50 5.000,01 15,70%
600,01 – 625,00 78,50

Operaciones gravadas al tipo reducido del 10 %:

  • de 90,16 a 220 € la devolución es del 5%
  • De 220,01 € en adelante la devolución es del 7%

Operaciones gravadas al tipo reducido del 4 %:

  • la devolución es del 2%
Esta entrada fue publicada en IVA, No Residentes y etiquetada . Guarda el enlace permanente.

1.524 respuestas a Tax Free España (Europe). ¿Quién puede pedir el Taxfree? ¿Cómo se hace?

  1. Pablo dijo:

    Hola, te hago unas consultas:
    1) el mínimo de 91 euros es para cualquier forma de devolución, sea a través del comercio o de las empresas que describiste?
    2) las compras de comestibles están incluidas? Por ejemplo me refiero a unos vinos que quiero comprar para regalar.
    3) si el comercio tiene TAXFREE me tiene que dar la factura con el desgloce del IVA y el cheque que hay que hacer firmar en la aduana antes de irse, si el comercio no tiene TAXFREE hay que pedir la factura con la aclaración del IVA, hacer firmarlo en el aeropuerto y luego remitirlo al comercio de compra?
    Gracias

  2. Oscar dijo:

    Hola,

    Tengo una duda, esto de la devolución del IVA también se aplica a productos de alimentos comprados en Mercadona. Es decir si tengo un conjunto de tickets de compra en Mercadona cuya suma es superior a 90 euros, también puedo presentar las facturas en la aduana?

  3. Maria silvia dijo:

    Hola , estoy de turismo en madrid desde el 25 de octubre del 14 y me regreso a mi pais el 20 de enero del 2015. He comprado en el primark la ultima semana de octubre, tambien en diciembre, cuestion que ayer 16 de enero ne presente con los tickets y me dicen que el tax free se puede pedir dentro del mes del periodo de compra; es eso correcto? Yo tenia entendido que lo podia pedir en cualquier momento antes que se cumplan los 90 dias de plazo de turista. Muchas gracias por aclararme esta duda!

  4. raquel dijo:

    hola, soy chilena y estuve de vacaiones en españa y en varias tiendas de ropa solicite el tax free, y me lo dieron, despues lo sellé en la aduana y ahora un amigo español me lo lleva a las tiendas sellado y le dicen q solo se devuelve en aduanas que ellas como tiendas no lo devuelven, pero según lei en tu pagina las tiendas estan obligadas a hacer la devolución,no?? me podrías informar, que pueda hacer ahora?

    • Si, si lo devuelven, otra cosa es que el empleado no lo sepa, que pregunte a su asesoria.

      ARTICULOS DE LA LEY DEL IVA DONDE DICE QUE EL COMERCIO TIENE QUE DEVOLVER EL IVA AL VIAJERO

      Ley del IVA. Artículo 117 Devoluciones a exportadores en régimen de viajeros
      Uno. En el régimen de viajeros regulado en el artículo 21, número 2.º, de esta Ley, la devolución de las cuotas soportadas en las adquisiciones de bienes se ajustará a los requisitos y procedimiento que se establezcan reglamentariamente.
      Dos. La devolución de las cuotas a que se refiere el apartado anterior también procederá respecto de las ventas efectuadas por los sujetos pasivos a quienes sea aplicable el régimen especial del recargo de equivalencia.
      Tres. La devolución de las cuotas regulada en el presente artículo podrá realizarse también a través de entidades colaboradoras, en las condiciones que se determinen reglamentariamente.

      Reglamento de la Ley del IVA. Artículo 9. Exenciones relativas a las exportaciones.
      B) Entregas en régimen de viajeros.

      El cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley del Impuesto para la exención de estas entregas se ajustará a las siguientes normas:
      a) La exención sólo se aplicará respecto de las entregas de bienes documentadas en una factura cuyo importe total, impuestos incluidos, sea superior a 90,15 euros.
      b) La residencia habitual de los viajeros se acreditará mediante el pasaporte, documento de identidad o cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.
      c) El vendedor deberá expedir la correspondiente factura en la que se consignarán los bienes adquiridos y, separadamente, el impuesto que corresponda.
      d) Los bienes habrán de salir del territorio de la Comunidad en el plazo de los tres meses siguientes a aquel en que se haya efectuado la entrega.
      A tal efecto, el viajero presentará los bienes en la aduana de exportación, que acreditará la salida mediante la correspondiente diligencia en la factura.
      e) El viajero remitirá la factura diligenciada por la Aduana al proveedor, quien le devolverá la cuota repercutida en el plazo de los quince días siguientes mediante cheque, transferencia bancaria, abono en tarjeta de crédito u otro medio que permita acreditar el reembolso.
      El reembolso del Impuesto podrá efectuarse también a través de entidades colaboradoras, autorizadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, correspondiendo al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas determinar las condiciones a las que se ajustará la operativa de dichas entidades y el importe de sus comisiones.
      Los viajeros presentarán las facturas diligenciadas por la Aduana a dichas entidades, que abonarán el importe correspondiente, haciendo constar la conformidad del viajero.
      Posteriormente las referidas entidades remitirán las facturas, en papel o en formato electrónico, a los proveedores, quienes estarán obligados a efectuar el correspondiente reembolso.

  5. Alex dijo:

    Vivo en Gibraltar y he comprado en Media Markt un ordenador por 399 ¿cuanto me deben devolver y al no tener apuro que me conviene?

    • Si lo haces tu directamente el 21%.
      tendrás que pedir en la aduana de la Linea que te selle la guardia civil la factura y cuando vuelvas a mediamarket, la entregas, tienen 15 días para devolverte todo el IVA (guárdate una copia de la factura sellada)

  6. Marcos dijo:

    Hola,
    Gracias pore este post. Soy espanol y vivo y trabajo en Noruega. Ayer, al volver a Noruega después de las Navidades, presenté al guardia civil de la aduana el ticket, la factura emitida por el establecimiento por un artículo de 300 euros (además de pasaporte, documento de residencia y el objeto comprado). Me dijo que sólo con la factura (donde se especifica cuál es la base imponible y cuál el IVA) diligenciada no me iban a devolver el dinero, que es necesario un formulario especial (supongo que se refiere al formulario tax free). Esto es así? Si no lo es, simplemente con remitir la factura diligenciada al establecimiento, junto con mi número de cuenta, sería suficiente?
    Muchas gracias!

    • Un ticket no vale, tiene que ser una factura a tu nombre.

      Es válido con la factura, no es necesario que te hagan un cheque taxfree.
      Simplemente mandando la factura diligenciada por aduana al comercio, junto con un justificante de tu residencia fuera de la UE (copia del certificado de incripción consular) y los datos bancarios.
      Siempre guartate una fotocopia de la factura por si se pierde.
      Y llama antes al comercio porque a veces desconocen el procedimiento.

      • Marcos dijo:

        Sí, perdona, no me he expresado bien. Llevaba el ticket y la factura (con todos mis datos, donde además figura mi dirección en Noruega). Además el guardia civil me dijo que si el comercio ya había presentado su IVA del trimestre, era imposible la devolución, y leo aquí que hay un plazo de cuatro años para pedirla.
        No sabía que además tengo que mandar al comercio mi certificado de residencia, gracias por este dato!. Pueden negarse a la devolución?
        Gracias por tu ayuda!

        • Si el comercio ya ha presentado el IVA de ese trimestre, el comercio obviamente no puede deducirse el IVA que te devuelve en una declaración de IVA ya presentada, pero puede hacerlo en la siguiente, mediante una factura rectificativa del IVA. Realmente el IVA que te devuelve el comercio lo recupera de su declaración de IVA con Hacienda que es quien realmente paga.

          Efectivamente lo puede hacer en el trimestre siguiente o en cualquier otro posterior dentro de los cuatro años siguientes, pues pasado los 4 años dicho IVA prescribe.

          El comercio en caso de inspección de hacienda tiene que poder justificar porque te ha devuelto el IVA, si eres español, tendrá que aportar un justificante de que eres residente fuera de la Unión Europea. Para este propósito el mejor documento es el Certificado de Inscripción Consular emitido por el consulado español de donde estés, porque este es un documento oficial español.

  7. Alicia dijo:

    Hola tengo doble nacionalidad, y dos pasaportes, uno europeo y otro de Argentina, actualmente vivo en Europa, pero debo hacer compras en Europa para llevarlas para Argentina, puedo hacer el tax free de todas maneras?

  8. Nuria sanz dijo:

    Hola. Voy a adquirir un cuadro estos días en España, donde estoy de vacaciones, pues resido ahora en Colombia. El cuadro cuesta 350€ en una galeria de arte. El arte tambien tiene tax free?
    Gracias

  9. jo dijo:

    hola quería saber si en el aeropuerto internacional de barcelona devuelven en efectivo/cash. soy argentina. gracias

  10. David dijo:

    Hola, una consulta!!!
    estoy por comprar electronica y ropa en España.
    consulta:
    a) cada compra tiene que ser minimo de 90.15 euros o con compras que lleguen a 90.15 en total sumando diferentes ticket tambien sirve?

    b) Cual es el porcentaje del iva que se devuelve? es entre 18% y 21%? o es depende al total que consuma?

    Gracias

    • Si los tickets son de la misma empresa o comercio, se pueden agrupar (tienes que ver que el CIF en todos los tickets que quieres agrupar es el mismo.

      Si la devolución se solicita directamente al comercio todo el IVA que viene en la factura.
      Si se solicita por medio de empresa colaboradora, lo que marquen las tablas para el importe de las compras que hayas realizado.

  11. Pablo dijo:

    buenas tardes.

    Soy Español y residente Marroquí.

    entiendo que si compro una TV en el corte ingles y quiero la devolución del IVA, debería presentar la factura a mi nombre (supongo que será ticket de compra) en la aduana y presentar el articulo. una vez sellada por la competencia correspondiente debería volver al comercio y reclamar dicho importe. ¿sería así?

    por otra parte me surge otra duda:
    si pago a plazos sin intereses entiendo que la financiación será sobre el montante con IVA, que se debe hacer en esos casos? ¿son dos operaciones distintas?

    ¿que plazo hay para dicha devolución?

    muchas gracias

    • Con el ticket tienes que solicitar la factura a tu nombre en el comercio, y con la dirección de tu residencia en Marruecos. El resto es correcto.

      No importa la forma de pago, lo importante es que el bien (TV en tu caso) salga de la Unión Europea antes de que se cumplan 3 meses desde la fecha de compra.
      Luego tienes cuatro años desde la fecha de compra para solicitar la devolución en el comercio.
      Una vez entregada la documentación en el comercio el plazo es de 15 días para que te paguen

  12. Jose dijo:

    Hola, si quiero solicitar devolución mediante entidad necesitó presentar los bienes nuevos y etiquetados?

Responder a jo Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *

Puedes usar las siguientes etiquetas y atributos HTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>