Tax Free España (Europe). ¿Quién puede pedir el Taxfree? ¿Cómo se hace?

Véase el actual procedimiento de devolución electrónica: DIVA

1.- La Ley establece dos sistemas posibles de reembolso:

  1.  El propio viajero remite la factura emitida por el comercio y diligenciada por la aduana al establecimiento donde efectuó la compra, quien posteriormente, devolverá la cuota repercutida en el plazo de los quince días siguientes mediante cheque o transferencia bancaria. Por este sistema se recupera todo el IVA pagado.
  2.  El reembolso a través de entidades colaboradoras, autorizadas por la AEAT, en las condiciones establecidas y a cambio de una comisión fijada reglamentariamente según la tabla que aparece más abajo (esta tabla se aplica a las compras realizadas en España).
    1. La diferencia entre el IVA pagado y el que resulta a devolver es la comisión de la entidad colaboradora.
    2. En el caso de compras en otros países de la UE, la entidad colaboradora aplicará las tablas correspondientes al país donde se emitió la factura de compra.

En el resto de países de la Unión Europa el sistema es similar, variando los importes de devolución al ser diferentes los porcentajes de IVA aplicables.

1) Si el turista opta por la devolución a través del comercio donde realizó la compra:

  1. Debe sellar la factura de compra en la aduana al salir de la Unión Europea
  2. remitir la factura original diligenciada por la aduana a la tienda
  3. La tienda en el plazo de 15 días debe devolver el IVA de la factura al turista, mediante transferencia bancaria a una cuenta a nombre del turista o mediante un cheque a nombre del turista. La tienda elige cual de los dos sistemas usar.
  4. La tienda recupera el IVA devuelto al turista mediante la correspondiente declaración de IVA:
    1. en general en la siguiente declaración de IVA, se deduce el IVA devuelto al turista en el modelo 303:
      1. Se reduce la base del IVA devengado, en el importe de la factura diligenciada en Aduanas por el turista.
      2. Se reduce la cuota del IVA devengado, en el importe de la cuota de IVA de la factura diligenciada en aduana por el turista.
      3. Se declara la base de IVA, de la factura diligenciada en la casilla 43.
      4. De esta forma el comercio, recupera el IVA devuelto al turista, con un menor ingreso en la declaración trimestral de IVA.
    2. Si la tienda está en recargo de equivalencia solicitará la devolución del IVA reembolsado al turista mediante el modelo 308. Casillas [08] a [16]: se harán constar las bases imponibles a efectos del IVA de las entregas de bienes exentas del impuesto por aplicación del artículo 21.2 de su Ley del IVA, respecto de las cuales se haya procedido al reembolso de las cuotas en el período, el tipo impositivo aplicable y las cuotas resultantes.

2a) Si el turista, opta por la entidad colaboradora: 

Si compramos en una tienda un bien que cuesta 100€, que lleva incluido el IVA al 21%. El importe del IVA lo podemos calcular así:

  • 100 dividido entre (1,21) = 82,64 €. Esto es la base
  • Y el IVA será 82,64 x 21% =17,36 €. Podemos verificar que lo hemos hecho bien porque ambas cantidades suman 100 €.
  • El IVA, en nuestro ejemplo, es del 21%, y se calcula sobre la base. En los comercios los precios aparecen con el IVA incluido, y también podemos decir que el IVA del 21%, representa el 17,36% del precio de venta al público (que lleva incluido el IVA).
  • El importe máximo de IVA a devolver es del 15,70% que es equivalente a recuperar  18,62 puntos de IVA del 21% pagado.

Es este 17,36% del precio de venta, la cantidad que querríamos que nos devolvieran. Pero hay que descontar unos gastos por el servicio. Esta comisión autorizada, es la diferencia entre el IVA repercutido en la factura y el IVA a devolver por aplicación de las tablas vigentes. La Orden Ministerial HAP 2652/2012 actualiza las antiguas tablas y está vigente desde el 15 de diciembre de 2012.

2b) Sistema de devolución del IVA a viajeros mediante entidad colaboradora

  • El viajero residente o fuera de la U.E., o en Canarias, Ceuta, Melilla, Gibraltar, Andorra
  • Realiza compras por más de 90,15 €, en un establecimiento con servicio Tax-Free. El año 2019 se eliminó el limite mínimo de 90.15€.
  • El comercio emite la factura correspondiente con el IVA desglosado
  • El comercio rellena el cheque Tax-Free con los datos del comprador
  • En el plazo máximo de tres meses desde la fecha de compra el comprador debe salir de la U.E.
  • En la aduana de salida de la U.E. (si es un aeropuerto español a la Guardia Civil de aduanas) debe pedir que le sellen el Cheque Tax-Free, presentando lo siguiente: pasaporte/tarjeta de residencia, las facturas, los bienes, los Tax-Free, y si sale de un puerto o aeropuerto el billete con destino fuera de la U.E. Canarias, Ceuta y Melilla piden el sello a la llegada.
  • Con el cheque Tax-Fre sellado, puede solicitar la devolución (antes de 4 años) en:
    1. Las agencias autorizadas para tramitar la devolución (en casi todos los aeropuertos hay al menos una) de la frontera desde la que se salga de la U.E. En los vuelos con escala corta en otro país se puede solicitar la devolución desde España.
    2. O entregando el Cheque y las facturas en el propio comercio (por correo, o en persona en la próxima visita) y en el plazo de 15 días tiene que entregar la devolución mediante cheque, abono en la tarjeta de crédito o transferencia bancaria.
  • Listado de entidades autorizadas en Españapara la devolución del Tax-Free.
    1. Global Refund Spain S.A. (antes European Tax Free Shopping Spain S.A.).
    2. Premier Tax Free (antes Cashback).
    3. Innova Taxfree Spain (antes Spain Refund SL).
    4. Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona.
    5. Open Refund S.L.
    6. Tax Free World Wide Spain S.L.
    7. Comercia Global Payments Entidad de Pago S.L.
    8. Financiera El Corte Inglés, EFC, S.A.
    9. Travel Tax Free S.L.U.
  • NOTA PARA COMERCIOS. Los comerciantes que quieran llegar a un acuerdo de colaboración con alguna de estas entidades pueden ponerse en contacto con ellas. Tiene la ventaja de que el tax-free lo podrá recibir el turista en efectivo en el aeropuerto a la salida. Sin embargo el sistema de devolución directo permite devolver el 100% del IVA al turista.
  • Contabilización de la devolución del IVAde una factura de 100 € mas 21 € IVA.
    • Cuenta                        Debe                    Haber
    • a.- En un nuevo asiento revertimos la venta
      • 700.                                100 €
      • 477.                                 21 €
    •  b.- Contabilizamos la venta como exportación.
      • 700.zz(cuenta export)                                100 €
      • 477.zz(IVA export)                                      0 €
    • c.- devolvemos el IVA al cliente o a la entidad colaboradora
      • 410.zz                           21 €
      • 572.xx                                                            21 €

2c) Tabla de Devolución de IVA en Régimen de Viajeros

Valor de compra (en euros) (IVA incluido) Devolución Valor de compra (en euros) (IVA incluido) Devolución
90,16 – 100,00 10,50 625,01 – 650,00 82,50
100,01 – 125,00 13,00 650,01 – 675,00 85,50
125,01 – 150,00 16,50 675,01 – 700,00 89,50
150,01 – 175,00 19,50 700,00 – 725,00 92,00
175,01 – 200,00 22,00 725,01 – 750,00 95,50
200,01 – 225,00 25,00 750,01 – 775,00 99,00
225,01 – 250,00 28,50 775,01 – 800,00 102,00
250,01 – 275,00 31,50 800,01 – 825,00 105,50
275,01 – 300,00 34,50 825,01 – 850,00 109,50
300,01 – 325,00 38,00 850,01 – 875,00 113,50
325,01 – 350,00 41,00 875,01 – 900,00 116,00
350,01 – 375,00 44,00 900,01 – 925,00 119,50
375,01 – 400,00 48,00 925,01 – 950,00 122,00
400,01 – 425,00 51,00 950,01 – 975,00 126,00
425,01 – 450,00 53,50 975,01 – 1.000,00 128,50
450,01 – 475,00 56,50 1.000,01 – 1.500,00 13,70%
475,01 – 500,00 60,00 1.500,01 – 2.000 14,05%
500,01 – 525,00 65,50 2.000,01 – 3.000 14,50%
525,01 – 550,00 69,00 3.000,01 – 4.000 14,90%
550,01 – 575,00 73,00 4.000,01 – 5.000 15,30%
575,01 – 600,00 75,50 5.000,01 15,70%
600,01 – 625,00 78,50

Operaciones gravadas al tipo reducido del 10 %:

  • de 90,16 a 220 € la devolución es del 5%
  • De 220,01 € en adelante la devolución es del 7%

Operaciones gravadas al tipo reducido del 4 %:

  • la devolución es del 2%
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1.524 respuestas a Tax Free España (Europe). ¿Quién puede pedir el Taxfree? ¿Cómo se hace?

  1. NIDIA GALLARDO dijo:

    Hice compras en el Corte Inglés, salí para Colombia, fuí a la aduana en el T4 a hacer firmar la devolución del Iva, en una ventanilla en el muelle HJK no había nadie, fuí al muelle RSU de donde partía mi vuelo, los agentes de emigración me dijeron que subiera al 2o. piso pero el agente de la aduana me dijo que allí no me las sellaban, que debía ir al otro muelle, que no podía hacer nada. Como mi vuelo ya estaba cerca del tiempo de partir no me dió tiempo de volver al otro muelle. Que puedo hacer.?Ya estoy en Colombia, con la mercancía. Alguien no me puede hacer firmar los documentos en España y con fotocopia de mi pasaporte y sellos de salida?

  2. GRACIELA dijo:

    Hola. Las facturas del hospedaje de hoteles en España sirves’ TODAS SON SUPERIORES A LOS 100 EUROS? GRACIAS

  3. Jessica dijo:

    Hola, recien me informo por tu blog sobre las formas de devolución de la IVA, yo lo acabo de hacer en una de las entidades por recomendacion de un familiar, quería saber si esas mismas facturas las puedo enviar al comercio, porque es un monto de 489€ y las entidades no devuelven al 100% como lo has explicado.

  4. jaya dijo:

    necesito saber si siendo residente de canarias y por las compras que hago en la Peninsula, hay devolucion del iva o no?

    Muchas gracias

  5. Morella Rin dijo:

    Buenas, Javier. Tengo el mismo caso, mi vuelo a lisboa sale a las 7:20am para luego hacer conexion a Venezuela y al llegar al aeropuerto en la madrugada no estará abiertopara hacer el tax free pero no entendí bien a donde debo dirigirme al llegar al aeropuerto a esa hora? Espero puedas ayudarme. Saludos

  6. Felipe dijo:

    Buenos días,

    Ante todo enhorabuena por el artículo/post. Muy útil pero me surge una duda. Me queda claro el tema de los 3 meses pero en el caso de sellar debidamente las fras. en aduanas y regresar al país de residencia (y optar por esperar a la siguiente visita para tramitar la devolución y recuperar así el 100% del IVA), ¿existe algún plazo? Yo tendría mis fras. selladas dentro del plazo de 3 meses desde la compra pero a lo mejor no volvería a España hasta pasado un año… De no ser posible, ¿hay alguna manera de reclamar la devolución si optamos por el envío postal y se extravía la fra. original?

    Gracias y saludos

  7. Erika dijo:

    Hola Javier,

    Regreso a mi país luego de estar 8 meses estudiando una maestría en España, se que no podía solicitar el TAX FREE, teniendo el NIE de Estudiante. Mi duda es si ahora que regreso puedo hacerlo.

    Una consulta mas, las compras que se deben presentar en Aduanas deben llevar etiquetas?

    Te agradezco mucho por la respuesta!

    • Si, porque la tarjeta de estudiante es una autorización de estancia, por lo que legalmente no eres considerado residente español.

      Las compras deben poderse identificar con lo que dicen las facturas, obviamente es más fácil si tienes las etiquetas.

  8. Daniel Bonilla dijo:

    Buenas tardes, soy estudiante en españa, cuento con NIE y vence ahora en octubre, existe algun tiempo determinado para hacer las compras, para una posterior solicitud de devolucion de IVA.
    Gracias

  9. lamiaa dijo:

    Muy buenas,
    El ano pasado hize un viaje pasando por Madrid, Alemania y Francia, la salida fue desde el puerto de marsella, y tenia todas mis facturas en regla, que he sellado en las aduanas de marsella como que es el punto de salida.. pero me dijieron que no no puedo recuperar el iva allí. Y que el único puerto que devuelve el iva en efectivo es de Algeciras.
    Mi pregunta es: si todavía tengo tiempo para reclamar el iva (ha pasado mas de un ano) y como hacerlo…ya que son varias compras es difícil tratarlas con cada comercio.
    Muchas gracias.

  10. Toni dijo:

    Hola muy buenas, tengo un negocio y vendo por internet. En mi gestoria me han dicho que para las ventas a canarias, ceuta y melilla les puedo descontar directamente el iva, pero que siempre haga factura de esas ventas para luego solicitar el iva y asi lo estaba haciendo hasta ahora. Mi duda es si haciendolo asi voy a poder recuperar todo el iva que he ido descontando en esas ventas.
    Muchas gracias!

  11. Juan Pedro Monge dijo:

    Hola Javier, A finales de Mayo Regresamos de vacaciones y estuvimos en diferentes paises de la union europea, tengo gastos de paseos, compras, transportes, comidas y demas pero desafortunadamente no tenia conocimiento de esta devolucion, hay algo que pueda hacer para recuperar algo? no me importaria pagar una comision por ello.
    Saludos

  12. Rubén dijo:

    Hola Javier

    Mi duda es la siguiente:

    He estado viviendo durante varios años en un país de Sudamérica, en cual obtuve el carnet de residente, pero llevo ya un tiempo en España y no lo e renovado, en breve me vuelvo para seguir viviendo allí. ¿Podría comprar productos y que me devolvieran el IVA aunque no este actualizado el carnet de residente?

    Y en caso afirmativo, es cierto que tienen que ir sin desprecintar los productos?

    Muchas gracias.

    • Si sales con pasaporte español los de aduanas querrán ver un certificado de inscripción consular.

      Lo de los productos sin des precintar o con las etiquetas es mas por exceso de celo de los agentes de aduanas. Pero lo que está claro es que debe ser facil asociar la descripción del bien que aparece en la factura con el bien físico que llevas. Si se pueden generar dudas razonables de que el bien mostrado pueda no ser el que se describe en la factura, entonces si te pondrán pegas similares a las que mencionas.

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