Planes de pensiones y declaración de bienes en el extranjero

Los planes de pensiones no hay que declararlos en la declaración de bienes en el extranjero; pero ¿Qué productos extranjeros se pueden considerar planes de pensiones y cuales no?

El problema surge porque muchas veces coloquialmente nos referimos a cualquier producto financiero de previsión (para jubilación vejez…) como plan de pensiones. Pero es importante destacar que requisitos debe tener un producto de previsión para que según la normativa española, no haya que declararlo en el modelo 720, por ser considerado plan de pensiones.

La normativa sobre planes de pensiones se recoge en el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, Real Decreto Legislativo 1/2002.

Artículo 1. Naturaleza de los planes de pensiones. Los planes de pensiones definen el derecho de las personas a cuyo favor se constituyen a percibir rentas o capitales por jubilación, supervivencia, viudedad, orfandad o invalidez, las obligaciones de contribución a los mismos y, en la medida permitida por la presente Ley, las reglas de constitución y funcionamiento del patrimonio que al cumplimiento de los derechos que reconoce ha de afectarse.

El plan representa un derecho del partícipe o beneficiario, a recibir rentas o capitales, cuando se produzca una contingencia de jubilación, supervivencia, viudedad, orfandad o invalidez.

Para que podamos considerar un producto financiero extranjero como plan de pensiones y no tener que declararlo en el 720 es necesario que se den los siguientes requisitos:

  1. Que las aportaciones sean indisponibles hasta que se produzca una contingencia cubierta por el plan o producto de previsión.
  2. Las contingencias cubiertas sólo pueden ser: jubilación, supervivencia, viudedad, orfandad o invalidez.
  3. Que una vez producida la contingencia no se haya rescatado (una vez rescatado, habrá que declarar la renta o capital rescatado)

Ejemplos:

  • Los planes 401(K), de Estados Unidos sí son planes de pensiones: NO hay que declararlos. Así como tampoco, los “deductible IRA (Individual Retirement Account).
  • Los ISA británicos (individual savings account) no son planes de pensiones porque pueden ser rescatados en casos no previstos para los planes de pensiones y por lo tanto SI hay que declararlos. El producto más parecido que tenemos en España son los PIAS, cuyas prestaciones están exentas, al igual que las ISAs.
  • Los QRPPS británicos Qualifying Recognised Overseas Pension Scheme, es un fondo al que se pueden traspasar los derechos de un plan de pensiones, diseñado para el caso de residentes UK que se trasladan al extranjero. Por lo tanto se sigue considerando plan de pensiones. A efectos del 720 no se declara. Y a efectos de IRPF, se considera renta regular a medida que se vaya rescatando
  • Los SIPP británicos Self-invested personal pension. Son planes de pensiones propiamente dichos, no requieren ser declarados en el 720
  • Los RRSP canadienses (Registered Retirement Savings Plan). Las aportaciones deducen de la base imponible y las prestaciones son tratadas como renta. Cubre contingencias de jubilación viudedad y orfandad. Por esto entiendo que debe tratarse como un plan de pensiones y no declararlo en el 720

Si tenéis consultas sobre algún producto concreto, por favor poner un comentario indicando el nombre del producto y el país.

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227 respuestas a Planes de pensiones y declaración de bienes en el extranjero

  1. André Martin dijo:

    Buenos días Javier,

    Tengo algunas dudas sobre el Modelo 720 y sus tres categorías (cuentas bancarias, seguros/valores/derechos y inmobiliario).

    Primero, tengo entendido que toda cuenta en el extranjero que conste con un IBAN entra, por defecto, en la primera categoría “cuentas bancarias”. Eso es verdad, o pueden existir excepciones que hagan que aunque una cuenta tenga un IBAN, no sea considerada en esta primera categoría?

    Por ultimo, tengo un plan de pensiones en el extranjero, con posibilidad de rescate en cualquier momento (puede ser rescatado en casos no previstos por la ley española), y cuya entidad no opera en España en libre prestación de servicios. Sé que es necesario declarar este plan en el Mod. 720 pero, este plan entra en la segunda categoría “seguros/valores/derechos” o bien podría entrar en la primera categoría “cuentas bancarias”?

    Muchas gracias de antemano por su respuesta.

    Un saludo,
    André

  2. Juan dijo:

    Estimado Javier, gracias por la ayuda proporcionada.
    Trabaje durante 5 años en Canadá y contribuí en un RRSP.
    Me volví hace dos años a España. Deje de contribuir pero mantuve el RRSP por que no sabia muy bien que hacer . Ahora ya trabajo aquí y solo declaro en España .
    Aun mantengo una cuenta corriente en Canadá, pero me gustaría traerme el dinero que tengo para España ( pero mantener mi cuenta corriente de Canadá por ahora)
    En total tengo unos 44k $ CAD en mi RRSP y 20k $ CAD en mi cuenta de ahorro.
    Mi idea es cerrar mi RRSP ( supongo que me penalizaran en torno Al 30% ) y transferir ese dinero a mi cuenta española ( o a la canadiense y luego mandarlo a España.. no se muy bien que es mejor)
    La pregunta es :
    Tendré que declarar ese dinero del RRSP que me traje aquí otra vez?
    Y el de mi cuenta de ahorro?

    Muchísimas gracias por adelantado.

  3. Jordi dijo:

    Buenas tardes,

    He llamado a la Hacienda Española y me comentan que no hay obligación de declarar los planes de pensiones con el 720, sin importar el importe.
    Yo tengo un plan de pensiones en Suiza (I y II pilar) de 60.000EUR.
    Al cambiar de residencia a España, me lo dejan rescatar.
    Qué declaraciones previas tengo que hacer?
    Qué impuestos debería pagar al rescatarlo?
    Qué sanciones se me podrían aplicar por no haberlo declarado anteriormente?
    Gracias y saludos,
    Jordi

    • En primer lugar tenemos que ver como se declaran los planes de pensiones y los planes de ahorro

      1.- Los planes de pensiones no se declaran en el 720, y todo lo que se rescate del plan de pensiones tributa en renta en la base general (al mismo % que los salarios 19% hasta el 45%)
      2.- Los planes de ahorro, si se declaran en el 720, y los rescates tributan en por diferencia entre lo aportado y lo rescatado al tipo de la base del ahorro (19-23%)

      La normativa española establece que ciertos productos tendrán la consideración de planes de pensiones, si el producto encaja en como estan definidos en la ley del IRPF y la ley de planes y fondos de pensiones
      En caso de que no sea considerado plan de pensiones acorde a la definición legal española, entonces estaremos ante un producto de capitalización o seguro.

  4. Flavio Bruno dijo:

    Voy a trabajar en Suiza hasta Marzo (2019) y vuelvo a España a vivir. Se que tengo que presentar el Modelo 720 de los bienes que dejo en suiza. Esta declaración la tengo que hacer este año 2019 o el año que viene 2020 ?

    He visto en comentarios anteriores que los pilares 2 y 3 suizos no son considerados planes de pensiones en españa y por lo tanto tengo que incluirlos en el modelo 720 es esto correcto ?

    Los pilares 2 y 3 estan invertidos en fondos de inversion, debo presentar el Modelo D-6 ?

    Entiendo que por una tarifa de 200 euros preparas la presentacion del modelo 720, que documentos tengo que aportar ?

    Muchas gracias.

    • Hola Flavio, la declaración del 720 refleja una situación a 31 de diciembre. La presentan los residentes en España.
      Si vienes en abril de 2019, serás residente en España en 2019, y la situación a 31 de diciembre de 2019, la comunicarás presentando un modelo 720 de ese año durante el primer trimestre de 2020.

      En general los pilares 2 y 3 los declararás en el 720.

      Los pilares 2 y 3 se contratan con entidades de inversión o aseguradoras, generalmente estas inversiones están a nombre de la entidad con la que contratas y el valor de rescate de tu pilar 2 o 3 está garantizado por la entidad, pero al no ser tu titular real y directo de las inversiones no tienes que declarar el D6

      En cuanto a precio hasta 10 activos a declarar andará por ese precio.

  5. Montse dijo:

    Hola, Javier:

    Cuando se rescata un plan de pensiones en forma de capital, ¿ Cómo se debe informar de dicho rescate ? ¿ Mediante el subcampo Seguros de vida indicando el valor rescatado, o en el subcampo Rentas temporales o vitalicias?
    Muchas gracias de antemano y reciba un saludo,

    Montse

    • Hola Montse, si el producto que tienes a efectos españoles, se considera plan de pensiones, esto es lo dificil de terminar, no se declara nada en el 720

      Si fuera un seguro declaras el importe cobrado por su cancelacion en el campo de seguros.

      El de rentas temporales y vitalicias es para seguros que continuas cobrando periodicamente.

  6. Paul Hackney dijo:

    Recibo una pensión de en ex empleador en Inglaterra. Tengo que declararlo en el 720? Antes de optar para la pension tenía la opción de transferir el valor del “fondo” a otra plan de pensiones.

    • Si quien paga la pensión es la seguridad social britanica, no se declara en el 720, pero los ingresos los declaras como pensión en el Impuesto sobre la Renta español.

      Si te paga una entidad aseguradora privada, entonces habría que declarar el valor de la renta capitalizada en el 720.

  7. Julio dijo:

    Hola, yo tengo un plan de Pensiones en el Reino Unido que lo llevo yo mismo a traves de un SIPP (Self Invested Pension Plan). Trabaje alli casi 12 años, y ahora estoy residiendo y trabajando en España. Deje de contribuir a ese plan cuando me fui pero sigo con el, invirtiendolo.
    Mi pregunta es la siguiente, de acuerdo con la DIRECTIVA 2003/41/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 3 de junio de 2003, relativa a las actividades y la supervisión de fondos de pensiones de empleo, ¿Puedo seguir contribuyendo a mi SIPP en Inglaterra y desgrabar mi contribucion en el proximo IRPF? ¿Sabes si esto es algo que esta contemplado por la legislacion Española?. Muchas gracias.

  8. Luis Martinez dijo:

    Hola Javier
    Soy Español. Trabajo en U.S. y me retiraré en España.
    Tengo un 401k y un IRA
    Leo que cuando vuelva tributaré por las ganancias de capital al rescate según la base del ahorro
    Leí también que una vez perdida la residencia fiscal americana y fijarla en España a mi vuelta, segun el convenio entre ambos paises, tributaría solamente aquí, cierto? O sea, que no tengo obligaciones tributarias en U.S. al rescate cierto? Si me retuviesen al rescatar, como podría recuperar la retención indebida (caso que la hagan por defecto).
    Mil gracias!
    Luis

    • Depende, solo dejarás de ser residente fiscal en USA si no tienes ni pasaporte ni Green Card de USA.
      Si te retienen en USA esa retención no la podrás recuperar, pero si tienes que pagar impuestos en España esa retención es deducible de lo que tengas que pagar en España.

  9. Enrique dijo:

    Sr. Ullastres muchas gracias por su labor informativa.
    Por favor, ¿ podría confirmar que tanto los planes estadounidenses 401K y los Individual Retirement Account y los QROPS británicos o Malteses finalmente deben considerarse como productos de capitalización y no como planes de pensiones como pone su blog http://jullastres.es/wordpress/?p=764 ?
    Por otro lado, ¿Podríamos considerar que la flexibilidad de rescate de un plan de pensiones en el extranjero no desvirtua que siga siendo plan un de pensiones después de la entrada en vigor del Real Decreto 62/2018, de 9 de febrero, que amplía las posibilidades de rescate al habilitar la retirada de todo o parte del dinero ahorrado una vez que hayan transcurrido diez años desde que se realizó esta aportación?
    Muchas gracias

    • Es una cuestión que será litigiosa, en mi opinión no deberian ser tratados como planes de pensiones. Pero la Agencia Tributaria USA (IRS) está comunicando a hacienda española que los 401K se tratan de percepciones de planes de pensiones.

      La flexibilización que menciones está en una norma española y por tanto afecta a la liquidez SOLO de los planes de pensiones españoles. Los de otros países se rigen por las reglas de su pais.

  10. David dijo:

    Hay que declarar una cuenta ISA si el total es menor de 50K euros?

    Gracias

  11. Angel Diaz dijo:

    Hola.
    El recate en España de un Plan de Pensiones /Jubilación Australiano (SUPERANNUATION), como se declara en España.
    Lo rescate al regresar de ese país, antes de la edad de jubilación y ya viene con los impuestos correspondientes descontados.

    Un saludo

    • Habría que ver exactamente los documentos de producto de ahorro australiano, pero casi seguro que tributa en la base del ahorro (19 al 23%) en España por diferencia entre lo que se aportó y lo que ahora has rescatado, al tipo de cambio oficial del dia del rescate. De lo que salga a pagar en España podrás deducir lo pagado en Australia.

  12. Elena dijo:

    Ya he concertado cita!!!!

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