Planes de pensiones y declaración de bienes en el extranjero

Los planes de pensiones no hay que declararlos en la declaración de bienes en el extranjero; pero ¿Qué productos extranjeros se pueden considerar planes de pensiones y cuales no?

El problema surge porque muchas veces coloquialmente nos referimos a cualquier producto financiero de previsión (para jubilación vejez…) como plan de pensiones. Pero es importante destacar que requisitos debe tener un producto de previsión para que según la normativa española, no haya que declararlo en el modelo 720, por ser considerado plan de pensiones.

La normativa sobre planes de pensiones se recoge en el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, Real Decreto Legislativo 1/2002.

Artículo 1. Naturaleza de los planes de pensiones. Los planes de pensiones definen el derecho de las personas a cuyo favor se constituyen a percibir rentas o capitales por jubilación, supervivencia, viudedad, orfandad o invalidez, las obligaciones de contribución a los mismos y, en la medida permitida por la presente Ley, las reglas de constitución y funcionamiento del patrimonio que al cumplimiento de los derechos que reconoce ha de afectarse.

El plan representa un derecho del partícipe o beneficiario, a recibir rentas o capitales, cuando se produzca una contingencia de jubilación, supervivencia, viudedad, orfandad o invalidez.

Para que podamos considerar un producto financiero extranjero como plan de pensiones y no tener que declararlo en el 720 es necesario que se den los siguientes requisitos:

  1. Que las aportaciones sean indisponibles hasta que se produzca una contingencia cubierta por el plan o producto de previsión.
  2. Las contingencias cubiertas sólo pueden ser: jubilación, supervivencia, viudedad, orfandad o invalidez.
  3. Que una vez producida la contingencia no se haya rescatado (una vez rescatado, habrá que declarar la renta o capital rescatado)

Ejemplos:

  • Los planes 401(K), de Estados Unidos sí son planes de pensiones: NO hay que declararlos. Así como tampoco, los “deductible IRA (Individual Retirement Account).
  • Los ISA británicos (individual savings account) no son planes de pensiones porque pueden ser rescatados en casos no previstos para los planes de pensiones y por lo tanto SI hay que declararlos. El producto más parecido que tenemos en España son los PIAS, cuyas prestaciones están exentas, al igual que las ISAs.
  • Los QRPPS británicos Qualifying Recognised Overseas Pension Scheme, es un fondo al que se pueden traspasar los derechos de un plan de pensiones, diseñado para el caso de residentes UK que se trasladan al extranjero. Por lo tanto se sigue considerando plan de pensiones. A efectos del 720 no se declara. Y a efectos de IRPF, se considera renta regular a medida que se vaya rescatando
  • Los SIPP británicos Self-invested personal pension. Son planes de pensiones propiamente dichos, no requieren ser declarados en el 720
  • Los RRSP canadienses (Registered Retirement Savings Plan). Las aportaciones deducen de la base imponible y las prestaciones son tratadas como renta. Cubre contingencias de jubilación viudedad y orfandad. Por esto entiendo que debe tratarse como un plan de pensiones y no declararlo en el 720

Si tenéis consultas sobre algún producto concreto, por favor poner un comentario indicando el nombre del producto y el país.

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227 respuestas a Planes de pensiones y declaración de bienes en el extranjero

  1. Antonia dijo:

    Buenos días. Me podrías dar información?. Mi marido falleció dejándome como beneficiaria de su pensión privada en Inglaterra. Mi idea era rescatarla poco a poco, pues a nivel de impuestos me es muchísimo más rentable. La otra opcion era reinvertirla a mi nombre. Ninguna de las opciones es viable pues solo lo podría llevar a cabo si mi residencia fuese británica. Me han ofrecido rescatarla en un solo pago, lo cual a nivel de impuestos será muy poco rentable. Mi pregunta es la siguiente. Que clase de impuestos incurrire, si decido transferirlo a una compañía aseguradora aquí en España? Y como se refleja en la declaración de hacienda?, si el producto( que es una pensión privada en este momento) se convierte en una pensión privada a mi nombre por viudedad, me gustaría saber en que voy a incurrir?

    • Esto no tributa en renta, tributa en impuesto de sucesiones.
      Si hubiera habido rentabilidad desde el valor de la fecha de fallecimiento al valor en la fecha de rescate esta diferencia tributaría en Renta.

  2. Peter dijo:

    Estimado Javier
    Soy suizo y vivo en España desde Abril 2007, siendo residente fiscal desde esa fecha.
    De mi empleo anterior en Suiza, tengo ahorros en Suiza y no he preparado el 720 dado que estos ahorros no exceden de 50.000 Euros, siempre que no se cuenten dos cuentas de previsión social que tengo en Suiza y que yo he interpretado que están exentos del 720; interpretación quizá errónea, leyendo ahora en este blog la pregunta de Mónica del 12/Nov/2015. Yo tengo una cuenta “tercera columna/dritte Säule” (ahorros por mi cuenta), y un Plan de Pensiones (“segunda columna/zweite Säule”, que estuvo ligado a mi empleo en Suiza). Todo el efectivo y valores en Suiza provienen de años en los que no era aún residente fiscal en España, o, cuando ya lo era, de transferencias que hice a Suiza desde España, procedentes del sueldo cobrado en España y que ya estuvo sujeto a las retenciones automáticas en España desde la primera nómina española.
    Estoy pensando rescatar estas estos dos planes de pensión (y posteriormente traer el dinero a España, o dejarlo en Suiza en una cuenta corriente). El rescate no sería por una contingencia (como la jubilación), sino por haber dejado definitivamente mi residencia en Suiza.
    Tengo varias dudas:
    - Que impuestos debo pagar en España al rescatar estas dos cuentas de previsión social? Está todo el importe sujeto al IRPF? Entiendo que no, ya que no son rentas.
    - Merece la pena, dependiendo de la respuesta al punto anterior, debido a la progresión del IRPF, rescatar este año (2016) una cuenta, y el año que viene (2017) la otra?
    - Entiendo que la reducción del 40% (sobre las aportaciones anteriores al 2007) no me aplica, siendo cuentas extranjeras?
    - En Suiza me retendrán un impuesto de aproximadamente el 3% en la “segunda columna”, y en la “tercera columna” creo que también. Hay una posibilidad de que me devuelvan esta doble imposición, posteriormente?
    - Como debo declarar el rescate en mi siguiente declaración? En que casilla, y que importes?
    - Hay una diferencia entre rescatar y traer el dinero a una cuenta en España, o rescatar y dejar el dinero en la cuenta de Suiza?
    - Si rescato el dinero y lo traigo en el mismo año a España (año 2016 por ejemplo), debo hacer el 720 (correspondiente al 2016)? El importe restante en Suiza estaría debajo de 50k EUR (pero como no lo había declarado hasta ahora – por interpretar que no era necesario – podría tener un problema?)

    Muchas gracias por tus consejos
    Un saludo
    Peter

    • Hola Peter,
      esta consulta no es para responderla en el post.
      Creo que es mejor que llames a la oficina y pidas una consulta presencial o por Skype y te comento la mejor alternativa.
      951203530 o 951899258

  3. maria dijo:

    una vez jubilada me ire a vivir al extranjero, posiblemente portugal o francia de forma permanente y no se como me puede influir, ni cuanto debo tributar cuanto rescate el plan de pensiones que tengo en España?
    gracias

    • Cuando rescates un plan de pensiones español como residente en el extranjero, este estará exento de retención en España.
      Y el ingreso del plan de pensiones tributará en tu país de residencia con las normas fiscales de tu país de residencia. Siendo posible que no tribute el 100% de lo rescatado, sino sólo lo que hayas ganado (la diferencia entre lo que rescates y lo aportaste)

  4. Esther dijo:

    Para pagar menos impuestos existe alguna alternativa con el capital rescatado a los 65 años del fondo de pension por 18.000€ + 11.000€ de pension

    • Jaime Molina dijo:

      Lo mejor es que rescates la mitad ahora, y la otra mitad que te la paguen en el futuro, y el año que viene pide que te cancelen el pago futuro y te lo paguen de golpe.

      Así cobrarías tu pensión de 11.000 euros más 9.000 euros del plan de pensiones cada uno de estos dos años.

      De esta forma, los 9.000 euros tributarían al 19% en lugar de cerca de 30% si lo cobraras todo de una vez.

  5. Esther dijo:

    Rescaté plan de pensiones star fund en 2016 coincifiendo con el año de la jubilacion para declaraciin 2017 a dicha cantidad de 18.000€ se añade 11.000€ de pension . Total 29.000€.Todo procede de Belgica derechos adquiridos durante 36 años como residente hasra 2002.
    Como tributa y que cantidad debo prever.
    Los 18.000 tienen una deduccion del 40% descontando los 4.000 €aportados al fondo?
    Me puede hacer una simulacion del irpf teniendo en cuenta que tengo 65 años y sin cargas familiares. Gracias
    La inversion

  6. Patricia ZARZOSA MASSON dijo:

    Buenos días:

    Trabajo en España pero soy residente en Francia, y tengo un plan de previsión en España.
    Desde hace poco me hacen una transferencia a Francia con mi nómina.
    Quiero cancelar la cuenta me dicen que es imposible por el plan, el hecho de ya no vivir en el país no me da derecho a cancelarlo? Siempre he pagado mis impuestos en Francia así que nunca me he beneficiado de las ventajas del plan.

    Muchas gracias!

    • Si el banco no quiere, traspasa el PPA del banco que lo tienes a una compañía de seguros. Habla con cualquier compañía de seguros que estarán encantados de que les traspases el PPA. Una vez que no tengas PPA en el banco ya podrás cerrar la cuenta sin problemas.

  7. juan ramon dijo:

    Hola Javier
    estoy asesorando a amigos y clientes en las declaraciones de renta.
    Uno de ellos me pregunta si puede deducir su aportación a un plan de pensiones en Colombia. No ha hecho declaración del modelo 720 aunque creo que los planes no debería incluirlos ahi.
    Mi pregunta es si debería deducir esas aportaciones y si esta sometido a alguna directiva diferente de la comunitaria donde se regulan la deducibilidad de dichos planes fuera de la comunidad.
    saludos y gracias
    Juan Ramon Martinez
    Trianon fiscal

    • No.
      Solo son deducibles los planes de pensiones definidos como tales en la Ley Española de Planes y Fondos de Pensiones: que incluye los oficialmente regulados en España y algunos europeos. Pero no los de Colombia.

  8. maria jesus dijo:

    cuando trabajaba en Londres mi empresa me suscribió en Londres un plan de pensiones ( una de mis dudas es si es o no un plan de pensiones ) . el plan se denomina “ Santander Retirement Plan” y la empresa JLT Benefit Solutions Limited.
    quiero trasladarlo a España, ¿ se considera un plan de pensiones? ¿ como tributaría ?
    muchas gracias

    creo que es un plan de pensun ip etengo depositado un dinero en un

  9. Montse dijo:

    Hola Javier,

    ¿ Cómo debería ser declarado un ISA en el modelo 720 ?

    Gracias de antemano por su ayuda, saludos.

    Montse

  10. marco dijo:

    Buenos días
    La Rentenversicherung de alemania se consideran como planes de pensiones?
    Me dijeron, que bajo una pequeña penalización, se pueden restacar en cualquier momento
    Saludos

  11. Monica dijo:

    Los planes de pensiones de “tercera columna/dritte saule” hay que declararlos en el 720? Son solo rescatables por jubilación, pero si no se reside en el país los puedo rescatar

    • Lo que para Suiza son planes de pensiones no coincide con lo que para España son planes de pensiones. La razón es que legalmente se definen no por el concepto de planes de pensiones, sino por cumplir los requisitos que cada país establece en su normativa para que un producto sea considerado plan de pensiones.

      Lo más posible es que lo tengas que declarar en el 720, no como plan de pensiones (que no habría que declararlo) sino como seguro de ahorro.

  12. Javier dijo:

    Hola Javier,

    Soy residente en España que trabajó en USA y que contribuyó al 401k de su empresa. El 401k lo retiré el año pasado de una sola vez sin haber llegado a la edad de jubilación. Qué consideración tiene en España de cara al 720 y a su imputación en el impuesto sobre la renta de las personas físicas? En qué casilla lo debo declarar en IRPF?

    Muchas gracias

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